viernes, 18 de mayo de 2012

Foro de Médicos de AP: “Retirar la atención a los “sin papeles” va en contra del Código Deontológico y del Derecho Médico Internacional” ► El Médico Interactivo, Diario Electrónico de la Sanidad

El Médico Interactivo, Diario Electrónico de la Sanidad Foro de Médicos de AP: “Retirar la atención a los “sin papeles” va en contra del Código Deontológico y del Derecho Médico Internacional”

Foro de Médicos de AP: “Retirar la atención a los “sin papeles” va en contra del Código Deontológico y del Derecho Médico Internacional”


Madrid (18/05/2012) - Redacción

• Manifiesta su rechazo a las medidas contra la universalización de la Sanidad y a la vuelta del concepto de asegurado frente al de ciudadano

• Critica que la norma no asegura la continuidad del tratamiento de los pacientes crónicos con el mismo medicamento que fue prescrito poniendo en riesgo el cumplimiento de la terapia

El Foro de Atención Primaria, constituido con el objetivo de ser una voz única de los médicos del primer nivel asistencial, lamenta que el Gobierno haya adoptado medidas puntuales y no reformas estructurales que garanticen la calidad, equidad y sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud (SNS). El Foro respalda otras medidas del nuevo RD 16/2012 como son el control del turismo sanitario, el establecimiento de una central de compras, y la  disminución de la excesiva medicalización social. Así como las iniciativas de recursos humanos entorno a la troncalidad y las áreas de capacitación específica. Sin embargo, no comprenden ni comparten que se siga sin adoptar los cambios necesarios para la mejora del SNS, y que desde hace tiempo viene reivindicando este colectivo.

En relación a las disposiciones aprobadas en el nuevo RD ha manifestado, sobre la atención a inmigrantes "sin papeles", que la exclusión del acceso a la  asistencia sanitaria de los extranjeros mayores de 18 años que no sean eurocomunitarios, o que no tengan  permiso de residencia, excepto en los limitados supuestos contemplados en la propia disposición, "es una medida contraria al Código Deontológico Médico, pues sitúa a los profesionales médicos ante un dilema ético, al no poder asegurar la continuidad de tratamiento y cuidados a sus pacientes. Asimismo, debe tenerse en cuenta que el TC tiene declarado  que la dignidad de la persona, como "fundamento del orden político y la paz social" (art. 10.1 CE), obliga a reconocer a cualquier persona, independientemente de la situación en que se encuentre, aquellos derechos o contenidos de los mismos".

Por otra parte, consideran que esta medida puede ocasionar disfunciones en el sistema sanitario, derivadas de sobrecargas en los servicios de urgencias de aquellas poblaciones con mayor número de extranjeros en situación no regularizada.

En relación al concepto de asegurado en contraposición con el de ciudadano "supone un cambio sustancial en nuestro modelo sanitario. Tal y como lo incluye el RD Ley, no sólo no avanza en considerarlo un derecho ligado a la condición de ciudadanía e igual para todos, sino que retoma la distinción de titulares y beneficiarios para una asistencia pública que estaba definida como universal y no contributiva de la seguridad social", señalan desde el Foro.

Sobre las garantías y uso racional de medicamentos en pacientes crónicos, la nueva redacción de los artículos  86.6 de la Ley 29/2006 del 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, "no asegura la continuidad del tratamiento en los pacientes crónicos con el mismo medicamento que le fue prescrito por su facultativo. Hay que tener en cuenta que los cambios de medicamento en este tipo de pacientes puede ocasionar serios problemas".

El Foro también contempla con preocupación los distintos niveles de renta establecidos para el copago farmacéutico, así como el sistema arbitrado para la devolución de las cantidades adelantadas por los pensionistas en función de los topes establecidos. "Creemos que el sistema merece una evaluación rigurosa".

Asimismo, el Foro constata que algunas de las medidas adoptadas en el RD en cuanto a integración forzosa de personal estatutario no integrado y personal funcionario, establecen un marco de inseguridad jurídica que proporciona un elemento de inestabilidad a los profesionales, y que difícilmente son explicables por un RD de medidas urgentes de sostenibilidad del sistema sanitario. Por ello, el Foro cree oportuno que se establezcan marcos adecuados de negociación con este colectivo de profesionales.

Por último, la  eliminación de la extensión al personal de los servicios de salud  del complemento de incapacidad temporal, regulado para los funcionarios de la administración del Estado en el artículo 21 del Real Decreto Legislativo 4/2000 del 23 de junio, "supone también  una modificación de las condiciones de trabajo del personal  de los servicios de salud, que vulneran el derecho a la negociación colectiva y, por tanto, el  artículo 28 de la Constitución".

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