lunes, 4 de febrero de 2013

El difícil equilibrio entre recortar y curar - DiarioMedico.com

El difícil equilibrio entre recortar y curar - DiarioMedico.com

tribuna. Julio César Galán Cortés

El difícil equilibrio entre recortar y curar

La lectura jurídica del auto del TSJ de Castilla-La Mancha sobre el cierre de los PAC muestra la necesidad de ponderar la sostenibilidad del sistema con el derecho a la protección de la salud.
Julio César Galán Cortés. Abogado. Doctor en Derecho y en Medicina   |  04/02/2013 00:00


l auto del TSJ de Castilla-La Mancha modifica la medida cautelarísima de suspensión de la Orden de 20 de noviembre de 2012 de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, sobre atención sanitaria urgente y continuada, limitándola a la zona básica de salud de Tembleque (Toledo), ordenando mantener la prestación del servicio sanitario de urgencias de esta zona básica, por considerar que la actuación del Ayuntamiento de Tembleque se debe circunscribir al ámbito territorial de su municipio, no pudiendo ejercitar una acción popular ni erigirse en gestor o defensor de los intereses de otros ayuntamientos.

La Sala no se pronuncia aún sobre el tema de fondo, si bien esboza la complejidad de la cuestión, al hallarse enfrentados dos intereses contrapuestos: por una parte, la orden de la Consejería de Sanidad, aprobada en el ejercicio de sus funciones de ordenación y dirección de servicios públicos de competencia autonómica, con el fin de lograr la sostenibilidad del sistema, y por otra parte, la notoria trascendencia del componente prestacional del servicio público sanitario, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 43 de la Constitución (derecho a la protección de la salud).

Considera el tribunal que la reestructuración de los servicios de urgencias atiende al mandato constitucional de estabilidad presupuestaria, persiguiendo la racionalización del gasto público sanitario para lograr así la sostenibilidad del sistema.

La norma recurrida crea, sin duda alguna, una zona de incertidumbre respecto a la actividad prestacional sanitaria que compete a la Administración autonómica. En este sentido, refiere el propio tribunal que su aplicación conllevará riesgo de mayores daños o peligros para la salud, como puede ser el empleo de un mayor tiempo en el desplazamiento ante situaciones que pueden ser críticas para la vida humana, especialmente significativo para el colectivo de niños y ancianos, un mayor número de derivaciones a otros centros asistenciales y hospitalarios con la consecuencia de mayores tiempos de espera y aplazamientos del tratamiento adecuado, así como un riesgo de saturación del centro de Ocaña por tener que atender a una población mayor de personas por la supresión del servicio de urgencias de Tembleque.

En suma, el tribunal deberá afrontar ahora la cuestión de fondo, para decidir, en función del resultado de la prueba que se practique, entre la necesidad de la aplicación de la norma para que el sistema sea sostenible, tal como invoca la Administración autonómica, y el menoscabo del derecho a la protección de la salud, esgrimido por el Ayuntamiento de Tembleque.

No hay comentarios: