martes, 19 de febrero de 2013

La actuación ante el óbito necesita protocolos - DiarioMedico.com

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1.700 MUERTES ANUALES

La actuación ante el óbito necesita protocolos

El Hospital Clínico San Carlos de Madrid explica su guía cuando la causa de la muerte del paciente no está clara.
S.Valle | soledad.valle@unidadeditorial.es    |  19/02/2013 18:09

Ricardo Salto, Andrés Santiago y Juan Antonio Toro
Ricardo Salto, responsable de la Unidad de Sanidad Mortuoria del Hospital Clínico San Carlos de Madrid; Andrés Santiago, jefe de Servicio de Medicina Legal del hospital, y el magistrado juez Juan Antonio Toro. (Lenda)
En el Hospital Clínico San Carlos de Madrid mueren al año alrededor de 1.700 personas. Una cifra que hay que poner en relación con el millón de actos sanitarios y las 30.000 intervenciones quirúrgicas que se realizan en ese mismo periodo de tiempo. No todos los que fallecen son pacientes ingresados. Por el hospital madrileño pasan cada día 18.000 personas y el centro es responsable de ellos desde que entran hasta que salen. Andrés Santiago Sáez,  jefe del Servicio de Medicina Legal del hospital, ha ofrecido estos datos hoy en la III Jornada de actuación en Sanidad Mortuoria en Instituciones Sanitarias, ante un auditorio repleto de sanitarios preocupados por el protocolo ante un fallecido. La primera recomendación de Santiago: "Ante todo, mantener la calma".


Muerte judicializada
Los casos más complicados se dan "cuando no hay posibilidad de certificar de forma adecuada la causa de la muerte, entonces, ésta se judicializa", explica. Como ejemplo ha puesto a pacientes o acompañantes que mueren en la sala de espera o en los pasillos, escenas que, "aunque no son habituales, suceden", apunta.

Según el protocolo de actuación del Clínico, el médico que se encuentre con esa situación debe practicar las maniobras de reanimación cardiovascular y, constatado ya el óbito, ponerse en contacto con la Unidad de Sanidad Mortuoria del centro, desde donde se llamará al juzgado de guardia, y "lo normal", según ha dicho, es que el médico forense aparezcan en unos 40 minutos, -en el caso del Clínico, que están muy cerca de los Juzgados de Plaza Castilla, en Madrid-. El forense procede al levantamiento del cadáver, ordenando el traslado del cuerpo a una funeraria o al instituto médico forense, junto con sus pertenencias, donde se le practica la autopsia judicial. Además, los testigos, entre los que puede haber personal sanitario, deben colaborar con el forense para esclarecer las circunstancias que rodearon al óbito.

El hospital madrileño tiene una documentación para abordar estos problemas que se resume en tres documentos dirigidos a sanitarios y familiares del fallecido. En este proceso, Santiago ha insistido en la importancia de contactar con los familiares del fallecido, aunque ha reconocido que ésto no siempre es posible.

Los motivos que pueden hacer de ese objetivo algo inalcanzable retan a la imaginación más desbordante, como ha puesto de manifiesto Ricardo Salto Gómez, responsable de la Unidad de Sanidad Mortuoria del Clínico, quien ha contado, con asombro de los asistentes, cómo se certificó el fallecimiento de un hombre que había recibido atención sanitaria suplantando la personalidad de su hermano porque él estaba en busca y captura y temía que los datos sanitarios se cruzaran con los de la policía. Se firmó el certificado de defunción, tomando los datos de la historia clínica del paciente, y se llamó a su hermana que, sorprendida, devolvió la llamada al hospital poco después para negar el fallecimiento del hermano, "porque acababa de hablar con él".

Las consecuencias de este error, según ha relatado Salto, fueron que el hermano vivo fue dado de baja de la Seguridad Social y estuvo tiempo sin recibir atención sanitaria hasta que se pudo comprobar de manera fehaciente, es decir, con la intervención de instituciones judiciales, quién había muerto y quién permanecía vivo. La primera moraleja de este caso, según ha apuntado el facultativo, fue que "los datos para el certificado de defunción deben tomarse del documento de identidad del paciente y no de la historia clínica" . Además, en este caso, "hubo que revisar parte de la historia clínica del paciente para quitar la información que correspondía al hermano fallecido". Salo ha tranquilizado a los presentes aclarando que "éste tipo de equivocaciones no tienen consecuencias penales".

También relató las circunstancias que rodearon al fallecimiento de un hombre chino que llegó en un estado terminal, dando instrucciones de no contactar con la embajada y apuntando que una organización china en España  iba a encargarse de todo. Sin embargo, murió, fue trasladado al Instituto Médico Forense y, como nadie se hizo cargo de su sepelio, éste se tuvo que pagar entre el hospital -que era  de Madrid, pero no el Clínico- y el Ayuntamiento.

Para terminar, ante los temores mostrados por los facultativos en la cumplimentación y del certificado de defunción, el magistrado juez Juan Antonio Toro, ha recordado que la ley sólo obliga al médico a recoger en el citado documento "la fecha, la hora, el lugar y la causa de la muerte".

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