sábado, 18 de mayo de 2013

Casi un millón de euros por no tratar un ictus a tiempo - DiarioMedico.com

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GRAVES SECUELAS NEURONALES

Casi un millón de euros por no tratar un ictus a tiempo

Un juzgado ha condenado al Servicio Extremeño de Salud a indemnizar con 775.000 euros más intereses legales una pérdida de oportunidad.
S. Valle | soledad.valle@unidadeditorial.es   |  17/05/2013 00:00
Álvaro Sardinero
Álvaro Sardinero, abogado de la paciente. (DM)

Muy clara tuvo que ser la mala praxis médica para que el Juzgado Contencioso-administrativo número 1 de Mérida haya condenado al Servicio Extremeño de Salud (SES) a indemnizar con 775.000 euros más intereses legales -lo que  acercan la cifra al millón de euros- a la familia de una mujer que sufre grave secuelas neuronales tras un ictus que, según la sentencia, tuvo un abordaje hospitalario equivocado. La resolución es firme.

Los hechos que se juzgan comenzaron a las 8 de la mañana, cuando la paciente se levantó con mareos. Una hora y media después fue atendida por el médico del centro de salud que indicó en el informe "probable ictus" y avisó al médico del 112 que insistió en el mismo juicio de aproximación. Con estas valoraciones fue trasladada al servicio de Urgencias del hospital más próximo, donde un primer médico insistió en la probabilidad descrita y, por ello, avisó a una neuróloga. A la paciente se le hizo una TC que dio normal.Respaldada en esa prueba, la neuróloga  derivó a la enferma al otorrino, considerando que no sufría el infarto cerebral del que habían sospechado sus colegas. Éste, sin embargo, sí consideró la posibilidad del ictus, "a pesar de una TC normal", según recoge el informe.

Eran las 11:30 y la paciente permanecía postrada en una camilla del hospital a la espera de una resonancia magnética. A las cinco de la tarde, con las conclusiones de la prueba de imagen, se informó a los familiares de que la paciente padecía una  "la lesión compatible con la isquemia cerebral".

El juez refleja en la sentencia que "todos los facultativos que vieron a la recurrente, a excepción de la neuróloga, sospecharon de un ictus, lo cual da carta de naturaleza a la conclusión del perito de la recurrente en relación al carácter deficiente de la anamnesis inicial de aquélla". Pero es más, insiste el juez, "incluso la defectuosa anamnesis y valoración de la neuróloga se hubiera salvado con el propio informe del otorrino a raíz del cual se debería haber procedido a indagar en la patología neurológica de la recurrente, máxime cuando todavía, a las 11:30 horas, estaba dentro del periodo ventana que permitía, cualquiera que fuera la naturaleza del ictus, el uso de trombolíticos".

La condena se sostiene en una pérdida de oportunidad, pues si  se hubiera aplicado el tratamiento trombolítico dentro del periodo ventana hubiera supuesto una mejora en el pronóstico de la paciente al haber aumentado las posibilidades de curación del ictus y las posibilidades de vencer sus secuelas". La paciente es dependiente para  las actividades cotidianas.

La sentencia es clara al explicar que la mala praxis asistencial consistió "en no poner a disposición de la paciente a su debido tiempo los medios terapéuticos necesarios para afrontar su cuadro, al menos desde que se informó por el otorrino", es más, el fallo apunta que la práctica correcta en ese caso hubiera sido realizar una resonancia magnética inmediata de contraste y el uso de trombolíticos.

Pérdida de oportunidad
¿Qué hubiera pasado si se hubiera actuado a tiempo? ¿Se hubieran evitado las secuelas que padece la paciente? El fallo asume que no se puede probar "a ciencia cierta que ello hubiera evitado las consecuencias del ictus", pero señala que "basta con cierta probabilidad de que la actuación médica hubiera evitado el daño, aunque no quepa afirmarlo con certeza, para que proceda la indemnización".

El juzgado admite así los argumentos del abogado Álvaro Sardinero, colaborador de la Asociación el Defensor del Paciente.  

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