martes, 28 de mayo de 2013

TS: la indicación enfermera no invade competencias médicas - DiarioMedico.com

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según el tribunal supremo

TS: la indicación enfermera no invade competencias médicas

El Supremo rechaza el recurso de la OMC contra el real decreto sobre receta médica y no ve rastros de inconstitucionalidad en la Ley del Medicamento.
S.Valle | soledad.valle@unidadeditorial.es   |  27/05/2013 17:08



El Real Decreto 1718/10, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación ha recibido el aval de todos los magistrados de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo reunidos en pleno, excepto de dos, Jorge Rodríguez-Zapata Pérez y Jesús Ernesto Peces Morate, que han emitido un voto particular discordante con el mayoritario.

El resto, los treinta y cinco jueces de lo Contencioso del Supremo,  se han puesto de acuerdo en rechazar cada una de las alegaciones presentadas por el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (OMC)  contra el citado decreto y la Ley del Medicamento, en su artículo 77.1, párrafo tercero y en su disposición adicional duodécima, que apunta, en los dos casos,  que el Gobierno regulará la indicación, uso y autorización de dispensación de determinados medicamentos sujetos a prescripción médica por los enfermeros.


Competencias
La sentencia del Supremo aclara que la Ley del Medicamento "define claramente la orden de dispensación de medicamentos no sujetos a prescripción médica como una facultad de los enfermeros a llevar a cabo de forma autónoma, siendo el ámbito objeto de regulación el Real Decreto impugnado". Y en virtud de lo recogido en esa norma, "la facultad de prescripción de medicamentos no resulta modificada  [es decir, "la prescripción por el médico de medicamentos sujetos a receta médica]  y, por ende, la competencia previa de diagnóstico", que es exclusiva del facultativo.

La novedad que introduce el Real Decreto, según apunta la sentencia, "radica en que el enfermero podrá indicar el uso de medicamentos sujetos a prescripción médica, es decir, tras haber sido recetados por el médico, mediante la aplicación de protocolos y guías de práctica clínica asistencial acordados con las organizaciones colegiales de médicos y enfermeros validados por la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud".

Además, los magistrados apuntan que "la prescripción legal del enfermero se encuentra pendiente de desarrollo por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad" mediante Real Decreto. Es decir, el Supremo señala que el Real Decreto recurrido no es el que desarrolla el punto del artículo 77 de la Ley del Medicamento que se refiere a la "indicación, uso y autorización" de fármacos por enfermero.

En el mismo recurso, la OMC pidió al Supremo que presentara una cuestión de  inconstitucionalidad al Constitucional por entender que la Ley del Medicamento estaría dotando de unas competencias a los enfermeros que no estaban recogidas en la Ley de Ordenación de Profesiones Sanitarias. El Supremo responde que "la referida innovación legislativa, como la de la orden de dispensación enfermera de medicamentos no sujetos a prescripción médica [...], podría constituir un defecto de calidad en la técnica legislativa mas no se muestra, siquiera indiciariamente, que contravenga la Constitución por atribuir nuevas competencias profesionales de prescripción a los enfermeros".

Así, el Supremo desestima el recurso presentado contra el mencionado real decreto, en un proceso donde estaban codemandados el sindicato de enfermería Satse, el Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería, el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos y la Administración del Estado.

Un real decreto que se está haciendo esperar

Francisco Corpa, responsable del Consejo General de Enfermería, interpreta la sentencia del Supremo como un espaldarazo a la indicación enfermera. "El Real Decreto recurrido es un reglamento técnico, administrativo, pero la norma que esperamos es la que establezca cómo se va a hacer la indicación enfermera, a la que hace referencia el Supremo en su sentencia".

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