lunes, 8 de julio de 2013

Las guardias que se anulan para proteger la salud de la gestante hay obligación de abonarlas - DiarioMedico.com

Las guardias que se anulan para proteger la salud de la gestante hay obligación de abonarlas - DiarioMedico.com

Sala Social del TSJ de Castilla-La Mancha

Las guardias que se anulan para proteger la salud de la gestante hay obligación de abonarlas

Cuando el centro sanitario público libera de guardias a una profesional para proteger el adecuado desarrollo del embarazo, la médico conserva el derecho a percibir retribución por ese concepto, según ha declarado la Sala Social del TSJ de Castilla-La Mancha.
G. E. | dmredaccion@diariomedico.com | 08/07/2013 00:00


La sentencia, facilitada por Aranzadi, resuelve el caso de una residente de tercer año que laboraba en el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) y para quien el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales recomendó una jornada máxima de cuarenta horas semanales, no más de ocho horas diarias y la supresión de nocturnidad y turnicidad.

El Sescam cursó las órdenes oportunas, pero la Administración dejó de abonar las guardias no prestadas, razonando que se trata de una retribución complementaria que se percibe en función de su cumplimiento. La residente reclamó que se le retribuyeran tomando como referencia la media de lo pagado por este concepto en los seis meses anteriores.

Los magistrados consideran que del Estatuto Marco y del Estatuto Básico del Empleado Público no puede deducirse que "el complemento de atención continuada venga vinculado necesariamente a la prestación efectiva del servicio". Y, además, señala la jurisprudencia del Constitucional sobre la no discriminación a la gestante. En la sentencia se concluye que la médico "no debe sufrir las consecuencias de la obligación empresarial de adaptar el puesto de trabajo a la situación de embarazo en cumplimiento de las normas sobre prevención de riesgos laborales", por lo que se condena a abonar las guardias no prestadas.

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