domingo, 21 de julio de 2013

Sanidad excluye del acceso a la reproducción asistida a mujeres solteras y lesbianas, en el borrador de la cartera común de servicios :: El Médico Interactivo ::

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Sanidad excluye del acceso a la reproducción asistida a mujeres solteras y lesbianas, en el borrador de la cartera común de servicios


Madrid (20-22/07/2013) - E.P.

Fuentes del Ministerio explican que se trata de un borrador que será llevado al Consejo Interterritorial del próximo día 23 para ser debatido junto a las CC.AA., y que cualquier decisión saldrá de allí

El borrador presentado por el Ministerio de Sanidad al grupo de trabajo de la cartera común básica de servicios asistenciales de reproducción humana asistida (RHA), incluye dentro de sus criterios de inclusión sólo a parejas integradas por mujer menor de 40 años y hombre adulto menor de 55 años, lo que deja fuera de los mismos a mujeres solteras y parejas de dos mujeres.
Según se desprende del borrador, publicado por El País, los otros dos criterios de inclusión hacen mención también únicamente a parejas, señalando que para su acceso éstas no deben tener un hijo común previo y sano y que la mujer no debe presentar algún tipo de patología en la que el embarazo pueda entrañarle un grave e incontrolable riesgo, tanto para su salud como para la de su posible descendencia.
Fuentes de Sanidad han recordado que se trata de un borrador que se presentará a las comunidades autónomas en el próximo Consejo Interterritorial del Sanidad del martes, 23 de julio, y, por tanto, cualquier decisión saldrá tras el debate en dicho foro. No obstante, sobre los criterios asistenciales, han asegurado que "antes, ahora y siempre se atenderá bajo criterios terapéuticos y preventivos", como ha ocurrido siempre.
En cuanto a los criterios de exclusión, el borrador, al que ha tenido acceso Europa Press, ciertamente no habla de parejas del mismo sexo ni de mujeres solteras, y sí expone cinco motivos por lo que no se podrá optar a estos tratamientos.
Así, será motivo de exclusión la esterilización voluntaria previa de cualquier miembro de la pareja; la existencia de contraindicación médica documentada para el tratamiento de la esterilidad; la existencia de contraindicación médica documentada para la gestación; la existencia de situación médica documentada que interfiera de forma grave sobre el desarrollo de la descendencia; y la incapacidad para cumplir el tratamiento por motivos relacionados con la salud, por motivos familiares o relacionados con el entorno de cualquier miembro de la pareja.
Diagnóstico de esterilidad
Por otra parte, para los tratamientos con carácter terapéutico, aquellas parejas que quieran optar al tratamiento además de cumplir con los criterios anteriores deberán ser diagnosticadas de esterilidad tras haber realizado un estudio a ambos miembros de la pareja. Sanidad define la esterilidad o infertilidad como "la ausencia de consecución de embarazo tras doce meses de relaciones sexuales con coito vaginal sin empleo de métodos anticonceptivos".
Por lo tanto, según este texto, las parejas que quieran acceder al estudio de esterilidad para poder realizarse estas técnicas deberán haber tenido "deseo reproductivo no logrado tras más de un año de relaciones sexuales no protegidas salvo sospecha o diagnóstico clínico previo de esterilidad", y, reitera, "solamente si la pareja cumple los criterios necesarios para acceder a las técnicas de RHA".
Finalmente, el documento destaca que "se han tenido en cuenta aspectos éticos, considerándose fundamental en la elaboración de este informe preliminar no sólo la necesidad de velar por los derechos y la salud de los usuarios del SNS sino también por aquellos de la futura descendencia".
Más recomendaciones
Otras recomendaciones del grupo de expertos son la exclusión de la cartera básica de servicios, tras informe de evaluación de la Red de Agencias de Evaluación, de la técnica de transferencia intratubárica de gametos, por obsoleta. Asimismo, recomienda la implementación de los Registros Nacionales previstos en la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de RHA, en cuento a un registro Nacional de donantes y un registro Nacional de actividad y resultados de los centros y servicios de reproducción asistida.
Además, aconseja la racionalización del gasto sanitario en RHA en cuanto al gasto farmacéutico en RHA, especialmente en terapia gonadotropínica; la gestión uniforme de las listas de esperas, con criterios homogéneos entre las CCAA; y la existencia de un grupo que periódicamente valore la cartera de servicios de RHA y las incidencias que puedan surgir en su aplicación.

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