lunes, 23 de diciembre de 2013

La reforma del aborto admite objetar a cualquier médico - DiarioMedico.com

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NUEVO ANTEPROYECTO

La reforma del aborto admite objetar a cualquier médico

El anteproyecto, que derogará la ley vigente de 2010, recoge dos supuestos para abortar: el grave peligro físico o psíquico para la mujer y la violación.
S.Valle. Madrid | soledad.valle@unidadeditorial.es   |  23/12/2013 00:00

Ha sido en el penúltimo Consejo de Ministros de 2013 cuando se ha visto la tantas veces anunciada y tantas aplazada reforma de la Ley del Aborto. El anteproyecto de Ley Orgánica para la protección de la vida del concebido y de los derechos de la mujer embarazada va camino del Congreso, siendo, según Alberto Ruiz Gallardón, "la primera ley que libera a la mujer de cualquier reproche penal".
En la rueda de prensa ofrecida tras el Consejo de Ministros del pasado viernes, el titular de Justicia destacó la seguridad jurídica que la norma ofrece a los profesionales sanitarios "regulando la objeción", y permitiendo "a cualquier médico que objete, previa indicación en su expediente para poder organizar la asistencia". En la ley vigente de 2010, el derecho a la objeción se reservaba a los profesionales directamente implicados en la ejecución del aborto. Esta limitación ha generado varios recursos judiciales de médicos de atención primaria, a los que se les obligaba a informar a la gestante que lo solicitara o que estuviera en situación de riesgo de la posibilidad de abortar.
Del anuncio realizado por Ruiz Gallardón -sin haber podido consultar el documento definitivo antes del cierre de esta edición- cabe desprender que estos facultativos podrían ejercer libremente su derecho a objetar al aborto.
La nueva regulación se fundamenta en lo recogido en la sentencia del Tribunal Constitucional de 1985 y en la norma del aborto de ese mismo año, que estuvo vigente hasta 2010. Con esta ley "se recupera el equilibrio entre la protección del bien jurídico del no nacido y los derechos de la mujer", que, según el ministro de Justicia, se había roto con la última ley.
"El concebido y no nacido encarna un proyecto de vida humana que el Estado está obligado a proteger, mediante un sistema legal", añadiendo que "éste es un bien limitado".
Se recogen dos supuestos de "despenalización del aborto", según apuntó el ministro: 1) por grave peligro para la salud física y psicológica de la mujer, y 2) por una violación de la libertad de la mujer. Estos casos representan una situación "de conflicto entre derechos", que deberán resolverse mediante un estudio de cada caso de conflicto.
Los anteriores supuestos debe acompañarse de que el aborto sea la única solución y que, además, se acredite que el grave daño para la mujer sea irreversible. En caso de violaciones, se exigirá una denuncia previa y que el aborto se realizará dentro de las primeras 12 semanas de gestación.
Además, el anteproyecto de ley prohíbe la publicidad de procedimientos y productos relacionados con el aborto

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