jueves, 6 de febrero de 2014

Condena por no realizar cambios posturales en 20 días de ingreso - DiarioMedico.com

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POR MALA PRAXIS

Condena por no realizar cambios posturales en 20 días de ingreso

El Servicio Madrileño de Salud deberá indemnizar con 30.000 euros a la hija de una paciente que falleció por la complicación de unas úlceras por presión.
S.Valle. Madrid | soledad.valle@unidadeditorial.es   |  06/02/2014 00:00

La Sección Novena de la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha admitido la demanda presentada por la hija de una enferma que falleció tras la complicación de las úlceras por presión que le aparecieron durante su ingreso en una clínica. El Servicio Madrileño de Salud (Sermas) deberá indemnizar a la hija con 30.000 euros, por la mala praxis que recibió su madre durante los primeros 20 días de ingreso, donde no consta que se le hiciera ningún movimiento postural.
La paciente, de 84 años, acudió a un hospital universitario de Madrid por un agravamiento de su estado de salud. Era diabética, tenía falta de control de esfínteres y sufría una paraplejia por hematoma epidural espinal cérvico-dorsal. Su estado general de salud y su edad desaconsejaban una intervención quirúrgica, así que la mujer fue estabilizada y remitida a una clínica concertada con el Sermas, donde ingresó para recibir cuidados.
Cuando llevaba menos de un mes en el centro, se le diagnosticó una úlcera por presión en la zona sacra de estadio II. Quince días después pasó a estadio III y un mes después al IV. Es decir, la evolución del problema no pudo controlarse, a pesar de los esfuerzos de la clínica que, entre otros tratamientos, recurrieron a la transfusión de hematíes.
En estadío IV
La paciente, por deseos y presiones de la familia, fue trasladada a otro centro donde se le desaconsejó la intervención quirúrgica, dignosticándole úlcera de grado IV, sobreinfección y desnutrición proteica. Su estado no mejoró y, un año después de la aparición de las úlceras, la enferma falleció ingresada en el hospital universitario donde acudió en primer lugar.
Los informes periciales presentados admiten una  mala praxis en la atención que recibió la paciente durante los primeros días de ingreso. Fundamentándose en esos informes, los magistrados concluyen que "a la paciente no se le dispensaron los cuidados que necesitaba durante los primeros 20 días de su ingreso en la clínica, lo que dio lugar a que se produjera una úlcera por presión en región sacra que se descubrió cuando se encontraba en estadio II".
Los cuidados omitidos  son los "cambios posturales" necesarios. Los expertos señalan que "pudo existir un fallo de la inspección diaria de la piel en las zonas de riesgo, como es el área sacra [...] que hubiese detectado la lesión en fase más inicial, así como en las variaciones posturales en periodos no nocturnos y/o en sillón". Advierte que la edad del paciente, su incontinencia y la paraplejia que padecía aumentaban las posibilidades de que aparecieran estas complicaciones, que, además, suelen ocurrir en los primeros días de ingreso.
El abogado de la familia, Rubén Darío Delgado, colaborador de la Asociación Víctimas de Negligencias Sanitarias (Avinesa), solicitó una indemnización de 125.000 euros. El tribunal  ha reducido la cifra a 30.000 euros, razonando que la mala praxis se centró en los primeros días de ingreso, avalando el seguimiento que se hizo de las lesiones. 

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