sábado, 22 de febrero de 2014

Condena por omitir el CI en parto inducido y dejar una hora sin monitorizar a la gestante - DiarioMedico.com

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LA NIÑA SUFRE UN 90% DE MINUSVALÍA

Condena por omitir el CI en parto inducido y dejar una hora sin monitorizar a la gestante

La Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de Islas Baleares ha desestimado el recurso presentado por el Servicio de Salud de las Islas Baleares contra la sentencia que le condenó a indemnizar a los padres de una niña con más de un millón de euros.
S. V. Madrid   |  20/02/2014 18:19

Ni hubo prescripción de la acción, ni cercenación del código civil por basar un fallo judicial en el informe del perito de la demandada y no en el del perito judicial. Ni hubo una buena praxis en la atención al parto de la gestante.
La Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de Islas Baleares ha desestimado los principales argumentos en los que se basa el recurso presentado por el Servicio de Salud de las Islas Baleares (Ib-Salut) y su compañía aseguradora contra la sentencia de instancia que le condenó a indemnizar a los padres de una niña, que sufre una minusvalía del 90 por ciento, con más de un millón de euros. Sin embargo, el tribunal autonómico admite modular la cuantía de la indemnización reduciéndola a la mitad, por "el factor probabilístico de complicación durante el parto de muy difícil diagnóstico y evitación", por lo que reducen la cantidad a 600.000 euros. La familia ha sido defendida por Soledad Raso, abogada colaboradora de la Asociación El Defensor del Paciente.
El hecho juzgado es la atención al parto que recibió la demandante cuando fue ingresada, pasada la semana 43, para inducirle el alumbramiento. Se le colocó un dispositivo de dinoprostona (prostaglandinas) para favorecer la maduración del cuello del útero, mediante un dispositivo vaginal. El registro cardiotocográfico para identificar el estado de la gestante fue tomado de manera puntual, hasta que, aproximadamente cinco horas después de su ingreso, se determinó la pérdida de foco fetal, con vómitos y náuseas de la paciente. Entonces se decidió retirar el dispositivo y también la monitorización. Dos horas después se produjo la rotura espontánea de la bolsa, el facultativo a cargo no logró escuchar el latido fetal y realizó una cesárea de urgencia.
La niña nació sin respiración ni latido cardiaco, hipotónica, con palidez extrema y un pH de arteria umbilical de 7.04. Tras inyectarle dosis de adrenalina, la recién nacida fue trasladada a la Unidad de Cuidados Intensivos de Neonatos. Veinte días después fue dada de alta, con el diagnóstico de "afectación neurológica moderada".
Informe de altaEl tribunal aclara que la hoja de alta, con fecha de septiembre de 2004, no es la referencia para empezar a contar el año que tenía la familia para reclamar, pues en ese momento no se conocían las secuelas de la menor y no fue hasta 2005, en el informe de incapacidad, cuando los padres supieron el alcance de los daños. La demanda fue presentada en 2006, sin que se hubiera cumplido un año del informe de incapacidad.
La sentencia de instancia se fundamentó en el informe del perito de la parte demandante, en lugar de hacerlo en el del perito judicial, "porque las apreciaciones contenidas en su informe revisten mayor grado de demostrabilidad que el resto de informes y dictámenes", según lo justifica el tribunal. Así, el TSJ rechaza las principales alegaciones a la sentencia de instancia.
Además, los magistrados confirman lo dicho por el juzgado en cuanto a la necesidad de recabar el CI en un parto inducido, omisión que condena, lo mismo que hace con la falta de monitorización de la gestante, recomendada por los protocolos en un parto inducido.

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