lunes, 10 de febrero de 2014

"Se están ampliando los medios para demostrar que se informó" - DiarioMedico.com

"Se están ampliando los medios para demostrar que se informó" - DiarioMedico.com



"Se están ampliando los medios para demostrar que se informó"

Julio César Galán rechaza que el TS sea menos exigente en la información. El experto dice que el CI por escrito no excluye la validez del verbal.
Soledad Valle. Madrid | soledad.valle@unidadeditorial.es   |  10/02/2014 00:00

"La jurisdicción civil es la que, de manera natural, debe ver la responsabilidad del médico". Julio César Galán, doctor en Medicina y en Derecho, siempre ha tenido claro que la exigencia de responsabilidad por mala praxis sanitaria debe aclararse en los tribunales de lo Civil, pues es la jurisdicción que"marca el camino y tiene el criterio más uniforme".
En el caso de trabajar para el sistema público de salud, el médico está amparado por la Administración, que responde de su mala praxis, haciendo frente a las posibles indemnizaciones. Lo habitual es que estos juicios se vean en los juzgados de lo Contencioso, pues la demanda se pone contra el correspondiente servicio de salud. Sin embargo, la realidad está dando la razón a Galán, pues son cada vez más las demandas que se interponen sólo contra la aseguradora de la Administración, de modo que van por la vía Civil, buscando mayor rapidez en el proceso. Pero este debate, "al médico le da lo mismo", aunque no tanto a los servicios de salud públicos, reconoce.
Galán hizo estas aclaraciones a Diario Médico antes de participar en el XIX Congreso de Responsabilidad Civil y Seguros, que se celebró en Zaragoza el jueves y viernes de la pasada semana.
Explicó que las exigencias de responsabilidad por infecciones hospitalarias va a ser un tema recurrente en los próximo años. "Los pacientes son más conscientes de sus derechos". En estos juicios, recordó que no vale demostrar la asepsia, porque se supone que en algún momento esa cadena de seguridad de la que responde el centro se ha roto.
También reiteró la importancia del consentimiento informado (CI), y explicó que "la exigencia de un CI por escrito no invalida el consentimiento verbal".
No comparte la idea de que el Supremo esté siendo menos exigente, "lo que pasa es que se están admitiendo todos los medios de prueba para demostrar si hubo o no consentimiento. Se hace una valoración probatoria más amplia y, en función de ésta, se decide si ha habido esa información".
Señala que "la Sala Civil del Supremo hace tiempo que ya ha admitido el CI verbal", pues "la información escrita no excluye la validez de la información verbal".
También fue contundente al decir que la exigencia tanto en la medicina satisfactiva como en la curativa es de medios y no de resultados, abordando así otro de los grandes debates de la responsabilidad sanitaria que se libran en la vía Civil principalmente. "Sólo se le puede exigir el resultado al médico, cuando lo haya garantizado o haya dado una información inadecuada que hiciera creer al paciente que va a obtener un resultado determinado".

La cuarta edición de un clásico

El libro Responsabilidad civil médica, de Julio César Galán, se ha convertido en un clásico. El autor está preparando la cuarta edición, que tiene previsto presentar en los próximos meses. El trabajo estudia la doctrina de la Sala Civil del Tribunal Supremo desde una perpectiva de derecho comparado con resoluciones de tribunales extranjeros y supranacionales

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