martes, 18 de marzo de 2014

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La UE aprueba nuevas normas que obligan a cubrir el 65 por ciento de la cajetilla de tabaco con advertencias para la salud

La proporción de ex fumadores aumenta de modo lento pero constante en España.
18/03/2013 - E.P.

Los Estados miembros tendrán dos años a partir de la publicación en el Diario Oficial de la UE para aplicar la nueva directiva cuyo principal objetivo es hacer menos atractivo los productos de tabaco entre los jóvenes

Los Veintiocho han aprobado de manera formal las nuevas normas que regulan los productos del tabaco y que obligarán a cubrir el 65 por ciento de la superficie de las cajetillas por ambos lados con mensajes de advertencia sanitaria sobre el riesgo de fumar, a fin de desincentivar el consumo.
Además, cada paquete deberá incluir advertencias generales como 'Fumar mata, para ahora' y que el tabaco contiene más de 70 sustancias que provocan cáncer, según la nueva normativa.
Los Estados miembros podrán excluir productos de tabaco como los cigarrillos de liar y las pipas de esta obligación no obstante y podrán aprobar normas más restrictivas tanto sobre aditivos o para introducir cajetillas genéricas si cumplen ciertas condiciones, incluido su notificación a la Comisión. También se prohíben etiquetas con mensajes engañosos de producto 'natural' u 'orgánico'.
Se espera que las nuevas normas, que ya han sido aprobadas por la Eurocámara, entren en vigor en mayo, 20 días después de su publicación en el Diario Oficial de la UE.
Las nuevas normas prohibirán comercializar los cigarrillos y el tabaco de liar con sabores afrutados, mentolados o vainilla a los dos años de su entrada en vigor y también se prohibirán los productos de tabaco que contienen aditivos en cantidades que aumentan de forma significativa el efecto aditivo y tóxico o cancerígeno. No obstante, los cigarrillos mentolados sólo se prohibirán a los seis años de la entrada en vigor de las normas.
La nueva normativa también regula los cigarrillos electrónicos, que estarán sujetos a un número de salvaguardias, entre ellas que contengan un máximo de concentración de nicotina de 20 mg/ml y los Estados miembros podrán autorizar su venta en farmacias si cumplen las normas para los productos farmacéuticos.
Por lo que se refiere a los cigarrillos electrónicos recargables, la Comisión Europea deberá informar del riesgo  potencial para la salud de estos productos en un plazo de dos años mínimo tras la entrada en vigor de las normas.
Si por motivos justificados relacionados con riesgos serios para la salud humana tres Estados miembros prohíben cigarrillos electrónicos determinados o recargables, la Comisión estará autorizada a ampliar la prohibición a todos los países.
Por último, la normativa prevé introducir un sistema de rastreo y trazabilidad de los productos del tabaco con el objetivo de reforzar la lucha contra el tráfico ilícito y los productos falsificados.

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