sábado, 12 de abril de 2014

No se puede ser padre o madre por imposición de la Justicia - 12.04.2014 - lanacion.com

No se puede ser padre o madre por imposición de la Justicia - 12.04.2014 - lanacion.com





No se puede ser padre o madre por imposición de la Justicia

Por   | Para LA NACION


Hace un tiempo, tuvo bastante repercusión un caso en que una mujer -ya divorciada de su marido- pretendía que el centro de salud le transfiriera los cinco embriones crioconservados con material genético de ella y de su ex marido, a pesar de la expresa negativa de este último. La Justicia, al entender, como la mujer, que eran "hijos en potencia", hizo lugar a la petición de transferírselos.
Primer interrogante básico auspiciado por el derecho a la igualdad. ¿Qué hubiera sucedido si era el ex marido quien quería ser padre? ¿La Justicia hubiera obligado a la mujer a transferirse los cinco embriones -con el riesgo a la salud que implica un posible embarazo múltiple-, a pesar de su negativa? Es evidente que no se puede ser padre (ni madre) por imposición de la Justicia ni de un otro. Si un matrimonio se inscribe en el registro de adoptantes y al tiempo se produce la ruptura y no se mantiene el deseo de adoptar, ¿un juez los obligaría a ser padres adoptivos? En la reproducción asistida, la llamada "voluntad procreacional" es tan fundamental que ella debe ser lo más actual posible.
Por eso, la ley 26.862 de cobertura médica de la reproducción asistida permite expresamente la revocación del consentimiento hasta antes de la implantación del embrión. Postura similar es la que sigue, por ejemplo, el Reino Unido.
¿Por qué se puede revocar el consentimiento como también criopreservar o donar embriones, tal como lo dispone la mencionada ley 26.862? Porque el embrión no es considerado persona, como concluye la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el conocido caso Artavia Murillo del 28/11/2012, postura obligatoria para nuestro país bajo pena de incurrir en responsabilidad internacional. Por eso, el texto del proyecto de reforma del Código Civil aprobado por senadores por presión de la Iglesia debe ser entendido como lo dice la máxima instancia judicial regional: la noción de "concepción" cuando se trata de reproducción asistida es sinónimo de anidación; cuando el embrión se implanta en el útero, siendo que recién allí puede haber alguna posibilidad de que exista una persona.
Ahora bien, si se revoca el consentimiento, ¿qué acontece con los embriones? ¿Cuál es su destino? Éste es el gran interrogante que aún sigue pendiente en el reciente proyecto presentado por la diputada Bianchi, en el que se permite sólo la destrucción de material genético (es decir, gametos u óvulos y esperma), pero nada se dice sobre el destino de los embriones. ¿Podrá el Congreso dar el necesario debate laico y plural, con la misma lógica que lo ha hecho en los últimos años con leyes como el matrimonio igualitario e identidad de género? Como dijo José Martí: "Los derechos (...) no se mendigan, se conquistan"

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