sábado, 14 de junio de 2014

El CGPJ pide desligar la malformación fetal de la salud de la madre - DiarioMedico.com

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INFORME DEL ANTEPROYECTO DEL ABORTO

El CGPJ pide desligar la malformación fetal de la salud de la madre

El órgano de gobierno de los jueces ha votado a favor del informe del anteproyecto de la ley del aborto elaborado por la vocal Carmen LLombart. El texto ha recibido diez votos a favor, 8 en contra y 3 en blanco.
S. Valle   |  13/06/2014 16:59

Los magistrados del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en la reunión extraordinaria celebrada el viernes 13 han aprobaron el informe del anteproyecto de la ley del aborto que enviarán al Ministerio de Justicia. El texto ha sido elaborado por la vocal Carmen Llombart y ha contado con 10 votos a favor, 8 en contra y 3 en blanco. Al mismo pleno se llevó el texto de la vocal Pilar Sepúlveda, que ha recibido 10 votos en contra, 8 a favor y 3 en blanco.
De este modo, el CGPJ cumple con el encargo que le pidió Justicia de informar sobre el propuesta legislativa. Además, a pesar de lo dividido que se encontraba el pleno, el CGPJ ha conseguido una mayoría entorno a uno de los texto presentados, algo que el mismo Carlos Lesmes, presidente del CGPJ, la mañana del viernes, en un programa de radio, reconoció que iba a ser difícil, pues, además de tener que decidir entre dos informes distintos, los magistrados también votaron tres alegaciones particulares, presentadas por cuatro ponentes. Ninguna de ellas consiguió prosperar.
Consejo de modificación
Entre las cuestiones que destaca el informe (ver página 76 y 77) está la necesidad de desvincular las malformaciones fetales incompatibles con la vida con la salud mental de la madre para poder abortar. El texto razona que en el caso que se contempla "no existe contraposición de intereses entre los derechos de la embarazada y la protección del concebido, en tanto, dada la inviabilidad del mismo, y acogiendo la doctrina el Tribunal Constitucional sentada en relación con los embriones o fetos humanos inviables, el concebido en estas condiciones no podría ostentar la condición de nasciturus y, en consecuencia, beneficiarse de la protección constitucional que la vida de éstos merece". De este modo, el texto concluye que "esta indicación debería desligarse de que se produzca la afectación a la salud psíquica de la mujer".
Sobre la exigencia de que los informes médicos sean emitidos por médicos distintos de los que practiquen el aborto, y que no realicen su actividad profesional en el centro o establecimiento en el que se lleve a cabo, supone, a criterio de la mayoría del CGPJ "una exigencia desproporcionada al fin perseguido, que es, como dijera el Tribunal Constitucional, la constatación de las circunstancias justificativas del aborto, y para ello parece suficiente con el informe emitido por dos médicos, distintos del que practique la intervención, sin que sea preciso acudir a un facultativo externo al centro o establecimiento médico en que se realizará la interrupción del embarazo, reduciendo el riesgo de que se produzcan informes médicos contradictorios y la cuestión sea judicializada" (ver página 78 del texto).

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