miércoles, 18 de junio de 2014

El Supremo anula el decreto de bancos de células madre por una cuestión de forma | Política | EL PAÍS

El Supremo anula el decreto de bancos de células madre por una cuestión de forma | Política | EL PAÍS



El Supremo anula el decreto de bancos de células madre por una cuestión de forma

El tribunal considera que debería haberse regulado a través de una ley y no un decreto





El Tribunal Supremo ha anulado, por una cuestión de forma, el real decreto por el que se regularon los bancos de células madre en 2006. La sentencia de la sala tercera de lo contencioso señala que la regulación debería haberse tramitado con una ley ordinaria y no a través de real decreto, puesto que afecta a la protección de la salud de las personas. El decreto de los bancos de células madre regulaba la donación, obtención, procesamiento y preservación, almacenamiento y distribución de células y tejidos humanos.
Desde que, hace unos años, se descubriera que la sangre del cordón umbilical contiene células madre que se pueden trasplantar a otros pacientes para producir células sanguíneas sanas, muchas familias han optado por guardar muestras de esa sangre en bancos privados pensando en un posible uso futuro en sus hijos. El real decreto de 2006 fijó, tras años de controversia, las condiciones de estos bancos privados: se les permitía establecerse en España y cobrar por almacenar la sangre de los cordones de las familias que así lo solicitaran. Sin embargo, les obligaba a suministrarla si otra persona compatible —en España o en cualquier otro lugar del mundo— la necesitaba, alegando un principio de solidaridad. Lo que han estado haciendo estas empresas es enviar la sangre a bancos en el extranjero para evitar que les reclamen las muestras de sus clientes.
El Ministerio de Sanidad no cree que la sentencia vaya a reabrir el controvertido debate sobre las prácticas de esas empresas. Aseguró que no va a tener ningún efecto y que ya está buscando la fórmula adecuada para volver a aprobar la normativa. El Supremo le obliga a darle rango de ley, por lo que las opciones son tres: tramitar una ley nueva, introducirla como disposición adicional a una ley actualmente en tramitación o aprobar un decreto ley. La primera opción requiere tiempo y la tercera necesita demostrar la urgencia. Según explicó el director de la Organización Nacional de Trasplantes (ONT), Rafael Matesanz, la previsión es que la nueva normativa esté lista antes de finales de año. “Gracias a que todas las comunidades autónomas han desarrollado y complementado el decreto se evita un vacío legal que podría haber sido lesivo”, añadió.
El servicio que ofrecen estas empresas varía. Crio-Cord, una de las mayores, ofrece la conservación de sangre de cordón 20 años por 1.690 euros. Actualmente tiene 60.000 muestras procedentes de Eapaña almacenadas en uno de sus bancos, en Bélgica, explicó un portavoz. “La probabilidad de que estas unidades sirvan para usarse en niño del que proceden es muy remota”, aseguró Matesanz. Añadió que hay solo 113 unidades de bancos privados registradas en el Registro Español de Donante de Médula Ósea (REDMO), es decir, a disposición de todo el mundo.
El recurso fue presentado por una empresa privada dedicada a guardar células madre. La sentencia no entra en el fondo del asunto, pero justifica la nulidad por la “insuficiencia de rango” de la norma al haber realizado la trasposición de la directiva europea de 2004. “Resulta insuficiente el rango reglamentario seguido”, indica el fallo.

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