lunes, 2 de junio de 2014

Toda la AP catalana deberá acreditar su calidad por decreto - DiarioMedico.com

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SERVICIO CATALÁN DE LA SALUD (CATSALUT)

Toda la AP catalana deberá acreditar su calidad por decreto

Se han definido 347 indicadores que servirán para certificar y recertificar. Salud quiere que 50 equipos se acrediten ya, entre ellos las 13 EBA.
Carmen Fernández. Barcelona | carmenfer@diariomedico.com   |  02/06/2014 00:00

Josep Davins
Josep Davins, subdirector general de Servicios Sanitarios catalán. (Jaume Cosialls)
Todos los hospitales públicos y privados concertados con el Servicio Catalán de la Salud (CatSalut) están obligados a acreditar su calidad, según un proceso que comenzó en 1981 y que se basa en el modelo europeo EFQM, y ahora le toca el turno a los 365 equipos de atención primaria de la comunidad autónoma. El proyecto de decreto del sistema de acreditación de equipos de atención primaria ya está a punto; incluso ha pasado el trámite del Consejo de Trabajo, Económico y Social de Cataluña.
Josep Davins, subdirector general de Servicios Sanitarios del Departamento de Salud de la Generalitat, señala que la experiencia en hospitales ha resultado tan positiva que se ha querido trasladar a la primaria. El proyecto, no obstante, no es nuevo: desde el año 2010 un grupo de trabajo, en el que están implicadas sociedades científicas y colegios profesionales, desarrolla los estándares para la acreditación por medio de la metodología EFQM, que serán un total de 347 relativos a procesos y resultados económicos y de salud.
Los equipos tendrán un plazo de tres años para acreditar por primera vez su calidad, algo que no debería resultarles demasiado complicado, puesto que alguno ya tiene la acreditación de la Joint Commission; buena parte (los de Barcelona) someten sus resultados a un bench-marking que realiza cada año el CatSalut, y todos reportan información a la Central de Resultados (económicos y de salud) de la Agencia de Calidad y Evaluación autonómica. Este mismo año, Salud quiere que 50 equipos pasen por el nuevo proceso de acreditación, entre ellos los 13 con autogestión (entidades de base asociativa-EBA).
Para que el sistema de acreditación, y posterior reacreditación cada cuatro años, no resulte extremadamente caro se ha formado un equipo de evaluadores (o acreditadores) propio del Departamento de Salud, al que los equipos tendrán que abonar únicamente 400 euros en concepto de tasas.
Mejora continua
Davins destaca que esta experiencia de acreditación obligatoria de la calidad de toda la primaria, que no persigue ser un trámite burocrático para poder seguir concertando con el CatSalut, sino ser un acicate para la excelencia y la mejora continua, es inédita dentro del Sistema Nacional de Salud (SNS).
Los equipos, tras la acreditación, deberán presentar planes de mejora de los estándares en los que no hayan obtenido resultados positivos. "No queremos que los equipos hagan cursos de formación sobre cómo pasar la acreditación sino que se aseguren de que dan un buen servicio al ciudadano", declara Davins.
El presidente de la Asociación de Entidades de Base Asociativa (Aceba, autogestión ), Joan Maria Aranalde, dice que, aunque aún no han visto los ítems, no ven mal la medida y valoran positivamente los tres años otorgados a los equipos para la primera acreditación y que la inspección la haga la propia Generalitat para que no sea una "losa económica".
Helena Ris, directora general de la Unión Catalana de Hospitales, entre cuyos socios hay instituciones que gestionan centros de primaria, ha destacado que para el sistema catalán es muy importante acreditar porque la mayor parte de los proveedores asistenciales son concertados y, además, superar la evaluación es un estímulo para los profesionales y los centros; "Se ponen muy contentos".

Ámbito de aplicación

El decreto catalán de acreditación de la primaria afecta a las actividades de medicina de Familia, pediatría, enfermería, trabajo social, odontología y otras especialidades propias del nivel asistencial, y también a las preventivas, educativas y de promoción de la salud de la población y las pruebas o servicios complementarios, con independencia de que su titularidad sea pública o privada. Quedan excluidas la atención especializada, de seguimiento evolutivo y de apoyo a la atención primaria en régimen ambulatorio o de hospitalización, servicios de día, consultas externas, urgencias y rehabilitación.

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