jueves, 17 de julio de 2014

Dra. Marisa Aizenberg: Córdoba: por mes, 10 parejas denuncian a obras sociales por no cubrir fertilización gratuita

Dra. Marisa Aizenberg: Córdoba: por mes, 10 parejas denuncian a obras sociales por no cubrir fertilización gratuita



Posted: 16 Jul 2014 06:04 AM PDT
La Superintendencia de Salud de la Nación abrió una delegación en Córdoba para atender la demanda. La negativa de cobertura de tratamiento, de medicación autorizada y tratamientos por fertilización, lo más requerido.

Desde abril la Superintendencia de Salud de la Nación abrió una delegación en Córdoba con el objetivo de atender la demanda de cordobeses a los que obras sociales y prepagas les niegan el derecho otorgado por la ley nacional, que incorporó al Plan Médico Obligatorio la fertilización asistida y otra serie de prestaciones. 
El organismo recepta unas 10 denuncias mensuales por incumplimiento de la norma.

Al respecto, el delegado provincial de la Superintendencia de Salud, Luis Cáceres, informó que los motivos son “la negativa de cobertura de tratamientos al 100 % como prevé la ley, medicación autorizada al 40% y no al 100% como estipula la norma, y consultas por cobertura de ovodonación, banco de gametos, cantidad de tratamientos con cobertura anual, entre otras”.

Las obras sociales con frecuencia se niegan a cumplir con esta prestación y los pacientes deben recurrir a costosos procesos judiciales para acceder al derecho.

Con la finalidad de evitar este paso es que el organismo nacional hizo pie en Córdoba.

Cáceres señaló, además, que “ante la negativa de alguna cobertura, los ciudadanos deben recurrir a la superintendencia”.

“Los reclamos que surjan de las faltas de prestación en las que incurran los agentes del sistema, están sujetas al procedimiento de tratamiento de reclamos por falta de cobertura prestacional que incluye el encuadramiento médico y normativo de la prestación negada, la intimación a su cumplimiento y eventualmente la posterior formación de expediente mediante instrumento legal de la Superintendencia”, añadió.

El delegado destacó que tras la intervención del organismo las obras sociales y prepagas “ han tomado una postura conciliatoria y proactiva para resolver las coberturas en materia de fertilización. El rol activo del Estado nacional a través de esta dependencia es útil para afiliados de agentes de salud y para las propias obras sociales y prepagas para conocer, difundir y resolver conflictos prestacionales en el marco de la ley vigente y las recomendaciones y directivas de la Superintendencia de Servicios de Salud”.

Cáceres subrayó además que “el acceso a la salud es un derecho social y  no una mercancìa”.

“El Estado nacional promueve el acceso a derechos y el capítulo de la salud es central en esta política pública de restañamiento, accesibilidad y recuperación de derechos para todos y todas. La ley establece que todo argentino o habitante con residencia definitiva puede acceder a la cobertura del tratamiento, siendo cada individuo por separado sujeto de derecho de las prestaciones establecidas por la ley, ya que la ley no limita de ninguna forma el estado civil o condición sexual”, añadió.

Cáceres recalcó que “no se considera como situación de preexistencia la condición de infertilidad o la imposibilidad de concebir un embarazo, para todo procedimiento de fertilización se deberá firmar consentimiento informado previo”.

Cómo solicitar la cobertura

El usuario del Sistema de Salud deberá plantear formalmente a su Agente del Servicio de Salud, cualquiera sea su obra social o prepaga que le designe prestador para la realización del tratamiento indicado por su médico tratante.

“Es aconsejable adjuntar copia de la indicación del tratamiento de fertilización solicitado por el médico tratante y agregar copia de la documentación respaldatoria que fuera necesaria de acuerdo con el caso, por ejemplo historia clínica, estudios de diagnóstico y resultados de tratamientos anteriores si existieran, se sugiere que la presentación se realice por medio escrito, mediante nota, en la sede de atención del Agente del Seguro de Salud”, informó Cáceres.

Si la respuesta fuera negativa, el usuario podrá dirigirse a la Superintendencia de Salud para iniciar el reclamo correspondiente por falta de cobertura.

Dónde denunciar

La Oficina de la Superintendencia de Salud funciona en calle 9 de Julio 356, 1º piso, próximamente en Deán Funes 769 en el centro de la ciudad. Su horario de atención es de 8 a 13 de lunes a viernes. Su teléfono es 0351-4283291. E-mailcordoba@sssalud.gob.ar. Tiene competencia en toda la provincia.

Fuente: La Mañana de Córdoba

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