domingo, 20 de julio de 2014

El Gobierno amplía el papel de las mutuas en las bajas por IT :: El Médico Interactivo ::

:: El Médico Interactivo :: El Gobierno amplía el papel de las mutuas en las bajas por IT



El Gobierno amplía el papel de las mutuas en las bajas por IT



Madrid (19-21/07/2014) - Redacción

• El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto de gestión de incapacidad temporal en el primer año de duración y el proyecto de ley de mutuas

• Empleo estima que se conseguirá un ahorro cercano a los 300 millones en la gestión de la IT con la mayor intervención de las mutuas en estos procesos

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el Real Decreto de gestión de la incapacidad temporal (IT) en el primer año de duración y el proyecto de ley de mutuas, por el que se concede a estas entidades una mayor capacidad de intervención en las bajas médicas por enfermedad común con el objetivo de reducir el absentismo laboral injustificado.
Empleo estima que se conseguirá un ahorro cercano a los 300 millones de euros en la gestión de la incapacidad temporal con la mayor intervención de las mutuas en estos procesos. En concreto, las mutuas podrán realizar el seguimiento de la prestación de incapacidad temporal derivada de enfermedad común desde el primer día de la baja (hasta ahora sólo podían intervenir a partir del decimosexto día) y formular, como ocurre actualmente, una propuesta de alta médica "motivada".
En la redacción inicial de la norma se establecía que si la propuesta de alta de la mutua no obtenía respuesta del servicio público de salud en un plazo de cinco días se consideraría emitido el parte médico de alta en virtud del llamado "silencio administrativo". Esta medida fue muy criticada por los sindicatos y finalmente ha sido eliminada del proyecto de ley. En el texto actual, la propuesta de alta de la mutua deberá ser respondida en cinco días hábiles por el servicio público de salud y, si éste no da respuesta la mutua acudirá entonces a los inspectores del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que tendrán cuatro días para contestar.
No obstante, durante 6 meses a partir de la entrada en vigor de la ley se establecerá un régimen transitorio que situará los plazos de contestación en 11 días en el caso de los servicios públicos de salud y en 8 días en el caso del INSS.
La ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, ha asegurado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que se ha desarrollado un "amplio y extenso" proceso de consultas para el diseño de este proyecto de ley, al tiempo que ha querido dejar claro que el alta "siempre la dará un médico".
En la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2014 se regula expresamente la posibilidad de suspender la prestación cautelarmente cuando el trabajador no se presente a un reconocimiento médico. Si en el plazo de cuatro días no se ha justificado debidamente la ausencia se extinguirá la situación de la incapacidad temporal.
Fuentes del Ministerio de Empleo han explicado que las propuestas de alta de las mutuas se basarán en pruebas que realizarán con sus propios recursos (desde el primer día de la baja si es preciso). Esto, según Empleo, beneficiará a todo el sistema, pues los servicios públicos de salud en muchas ocasiones tardan en efectuar las pruebas correspondientes a los pacientes por su saturación. Ahora, los recursos de los que disponen las mutuas mejorarán el proceso, sin coste además para el servicio público de salud ni para el trabajador.
Los informes y resultados de las pruebas efectuadas se incorporarán a las bases de datos de los servicios públicos de salud y pasarán a formar parte del historial clínico del paciente. Las mutuas no tendrán acceso al historial clínico completo del paciente, sólo a la parte correspondiente al proceso de incapacidad temporal en curso.
Las mismas fuentes han indicado que los médicos de los servicios públicos de salud suelen contestar a las propuestas de alta de las mutuas, aunque muy tarde, de ahí que se establezcan unos plazos, mayores al principio y más cortos después, para agilizar todo el proceso.
Las comunidades autónomas que lo requieran podrán hacer uso, tras la firma de un concierto o convenio a "precio de coste", de los recursos materiales y de los servicios de diagnósticos de la mutua, según elste Real Decreto. Fátima Báñez ha asegurado que "de esta manera podemos hacer un uso más eficiente de esos recursos materiales y elementos de diagnóstico que no se utilizan todo el tiempo". Según Empleo, actualmente no se utilizan el 40 por ciento de los recursos de las mutuas. "Hay una parte de los recursos materiales y de los servicios de diagnóstico de la mutua que no se utilizan durante todo el día, todos los días de la semana, y queremos poner esos recursos a disposición de las CC.AA. por si quieren concertarlos los servicios públicos de salud para atender mejor a todos ciudadanos, y seguir dando el diagnóstico en menor tiempo posible o utilizar esa parte para el resto de ciudadanos", ha señalado.
"Hemos hecho un extenso proceso de consultas con el Ministerio de Sanidad, lo ha hecho con las organizaciones médicas colegiadas porque lo que queremos es, por supuesto, garantizar la salud de los ciudadanos, pero hacerlo en el mejor tiempo posible de forma más eficiente hemos tenido también en cuenta todas las propuestas de los interlocutores sociales y asociaciones que tiene que ver con esta prestación", ha explicado.
Para ello se mantiene que sea el médico quien dé el alta médica, la mutua podrá hacer una propuesta de alta que el servicio público de salud "a través de sus médicos" podrá responder en el plazo de 5 días hábiles, antes era de 15. La novedad, además de la reducción del tiempo de respuesta ahora también se le comunicará al empleado.
Asimismo, "la mutua puede efectuar controles de la incapacidad temporal desde el primer día y, en el caso de que la propuesta de alta sea negativa por parte del servicio público o no se conteste, la mutua podrá dirigirse al Instituto Nacional de Seguridad Social para que le responda en 4 día hábiles posteriores".
Partes médicos
Por otro lado, se sustituye el actual sistema de expedición de los partes médicos de confirmación --de periodicidad semanal-- por otro basado en la distinción de cuatro grupos de procesos (muy cortos, cortos, largos o muy largos), con distinta periodicidad en la expedición de los indicados partes.
A tal fin, la ministra ha explicado que se tomará como referencia una tabla orientativa de duración estimada de la IT del trabajador en función de un catálogo de patologías más comunes, de la edad y su ocupación real. Esta información no es vinculante, sino de naturaleza informativa.
En concreto, se establece que, en los procesos en los que se estimen cinco días de baja, el parte de baja y el de alta se podrán expedir en la misma visita médica. Si la duración de la IT se estima en entre cinco y 30 días, el parte de confirmación de la baja deberá expedirse cada dos semanas; si el proceso está previsto que dure entre 31 y 60 días, el parte de confirmación se dará cada 28 días, y en enfermedades de larga duración, de más de 61 días, la confirmación de la baja se expedirá cada 35 días. "De esta manera ganamos todos, gana el sistema y gana en certidumbre el trabajador a la hora de tener una baja laboral", ha concluido Bañez.

No hay comentarios: