domingo, 26 de octubre de 2014

El TSJ de Madrid desestima la pretensión de Castilla y León de no aplicar el copago hospitalario a pacientes crónicos ambulatorios :: El Médico Interactivo :: El TSJ de Madrid desestima la pretensión de Castilla y León de no aplicar el copago hospitalario a pacientes crónicos ambulatorios

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El TSJ de Madrid desestima la pretensión de Castilla y León de no aplicar el copago hospitalario a pacientes crónicos ambulatorios





Valladolid (25-27/10/2014) - E.P.

• La sentencia ratifica que los pacientes crónicos abonen un importe máximo de 4,20 euros al comprar medicamentos en las farmacias de los hospitales

• El consejero de Sanidad castellanoleonés, Antonio María Sáez Aguado, cree que la decisión del TSJM no tiene consecuencias y aunque se aplicara el copago se evitaría su impacto

La Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha desestimado la pretensión de la Junta de Castilla y León de no aplicar en esta comunidad autónoma el copago de los medicamentos que se dispensan en las farmacias de los hospitales a los pacientes crónicos ambulatorios, tal y como ordenó que se hiciera el Ministerio de Sanidad a finales del año 2013.
Los magistrados del TSJM estiman que el Gobierno de la CCAA está legitimado para interponer el recurso contra la modificación llevada a cabo por el Ministerio que, aseguran, sólo contempla la aportación que deben realizar los pacientes que no están ingresados en hospitales respecto de los medicamentos que les han sido prescritos en los mismos y se dispensan en sus servicios de farmacia para tratamientos prolongados o crónicos.
En este sentido, los jueces ratifican la decisión del Ministerio de Sanidad y aclaran que la resolución recurrida no es una norma que deba estar incorporada a una ley, sino que es un acto administrativo que concreta que la modalidad de pago por parte del paciente, al adquirir los determinados medicamentos a que se refiere, se enmarca en una de las dos previstas en la Ley del Medicamento, la reducida, que es la más favorable al usuario, según informa el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
La sentencia recuerda que ya se asignó una aportación por el paciente a partir del 1 de diciembre de 2012, respecto de este tipo de medicamentos, que en la resolución se cuantifica en un diez por ciento del precio de venta al público, con un importe máximo de 4,20 euros, y que afecta a 157 medicamentos.
La valoración del consejero
El consejero de Sanidad de Castilla y León, Antonio María Sáez Aguado, considera que la desestimación por parte del TSJM del recurso presentado por la comunidad contra el copago de medicamentos hospitalarios no tiene por qué tener "consecuencias" ya que la resolución que se recurrió, aunque está en vigor, no se ha aplicado por parte de las comunidades autónomas, algo que espera que se mantenga así.
En cualquier caso, ha señalado que en caso de tener que aplicarlo, la Junta estudia procedimientos para que no haya impacto sobre los pacientes como la devolución o que no se produjera la aportación marcada, que sería de un máximo de 4,2 euros por paciente. Sin embargo, ha descartado propuestas como la desgravación en el IRPF porque quienes tienen ingresos más bajos y no hacen declaración no se beneficiarían.
El consejero de Sanidad ha señalado que contra la decisión del TSJM cabe recurso de casación, algo que estudiarán los servicios jurídicos de la Junta.
Aunque no se ha conseguido paralizar, el consejero ha insistido en que la resolución no es "adecuada" por el tipo de pacientes a los que afecta, los crónicos y graves, y no debe tener un efecto disuasorio, ya que estos enfermos deben seguir los tratamientos. Asimismo, ha señalado que no aporta "prácticamente nada" a la sostenibilidad del sistema e incluso los beneficios serían inferiores al coste de los sistemas para su gestión.
En concreto, ha recordado que en la comunidad hay unos 8.200 pacientes crónicos que reciben medicamentos de carácter hospitalario y se calcula que la aportación que realizarían supondría unos 200.000 euros, lo mismo o menos que el coste de implantación del sistema para su recaudación. "Tampoco con ese criterio tiene razón de ser la medida", ha señalado.
Antonio María Sáez Aguado espera que no haya cambios para el futuro y no se aplique la medida en el conjunto del Sistema Nacional de Salud como hasta ahora, lo que considera "lógico".
Diferente al copago farmacéutico
En este contexto, ha recordado que la comunidad asumió el copago farmacéutico porque consideraba que era un esfuerzo de los ciudadanos pero que tenía sentido plantearse porque se establecía en términos progresivos y se eliminaba una situación que llegaba de la época franquista en la que sólo se discriminaba entre activos y pensionistas.
Como ejemplo de que ha beneficiado a algunas personas, ha señalado que en Castilla y León, 40.000 ciudadanos que tenían que aportar el 40 por ciento del coste del medicamento ahora no tienen que hacerlo porque son parados sin subsidio o cobran pensiones no contributivas. Paralelamente, ha incidido, se ha pedido un "esfuerzo" a los pensionistas.
Además, ha recordado que con esta medida se ha logrado reducir de forma importante el gasto en medicamentos, que era una partida del gasto muy elevada con respecto a otros países similares.
Sin embargo, ha reiterado que para el copago hospitalario no se dan las circunstancias y no tiene "sentido", tras lo que ha explicado que Castilla y León discutió "en términos técnicos", interpuso el recurso, al igual que otras comunidades, pero ninguna lo ha aplicado.
De la misma forma, ha incidido en que muchos responsables políticos de comunidades autónomas han afirmado que no van a ser "los primeros" en aplicar esta resolución y cuando eso se ha generalizado hace que no se aplique, como ocurre un "año y un mes después".
Además de recordar que el Ministerio no se ha vuelto a pronunciar al respecto, ha señalado que a raíz de estos debates, también en relación con el recurso, tampoco se ha regulado el transporte sanitario o de dietoterápicos.

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