lunes, 27 de octubre de 2014

Máxima protección para los datos de salud - DiarioMedico.com

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LÍMITE LEGAL

Máxima protección para los datos de salud

Los datos de salud son especialmente sensibles porque afectan a la intimidad del paciente e incluso de su conocimiento pueden derivarse daños para el mismo, según el presidente de la Asociación Profesional Española de Privacidad
D. Carrasco. Madrid   |  27/10/2014 00:00
  

Los profesionales sanitarios tienen como límite legal la protección del dato de la salud del enfermo. "Los datos de salud son especialmente sensibles porque afectan a la intimidad del paciente e incluso de su conocimiento pueden derivarse daños para el mismo", ha señalado a DM Ricard Martínez Martínez, presidente de la Asociación Profesional Española de Privacidad. El jurista ha recordado lo establecido en el punto 3 del artículo 7 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, que dice: "Los datos de carácter personal que hagan referencia a la salud sólo podrán ser recabados, tratados y cedidos cuando, por razones de interés general, así lo disponga una ley o el afectado consienta expresamente". Esta protección máxima del derecho lleva aparejada fuertes sanciones en caso de incumplimiento, es decir, cuando no se haya contado con el permiso del afectado y se revelen datos a terceros salvo en casos excepcionales.
"La ley considera este tipo de infracciones como muy graves y las sanciones pecuniarias son muy elevadas", ha manifestado Martínez. En efecto, las infracciones muy graves serán sancionadas con una multa de 300.001 a 600.000 euros. El personal sanitario debe conocer que el tratamiento de un dato va desde "recogerlo en una ficha, documentar una historia clínica o pautar una medicación".
El experto ha insistido en que "es esencial el compromiso de todos y cada uno de los profesionales sanitarios para velar por las garantías de la privacidad del paciente".

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