domingo, 2 de noviembre de 2014

Condena millonaria por un retraso en una urgencia neuroquirúrgica - DiarioMedico.com

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HECHOS DE 2007

Condena millonaria por un retraso en una urgencia neuroquirúrgica

El Tribunal Supremo confirma la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y que condenó a la Consejería de Madrid a indemnizar por las lesiones neurológicas sufridas por una paciente derivadas de un retraso en un servicio de Urgencias y Neurocirugía de un hospital público.
D. Carrasco. Madrid   |  30/10/2014 00:00
  

El Tribunal Supremo hizo pública ayer una sentencia por la que confirma en su integridad la dictada en su día por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y que condenó a la Consejería de Madrid al pago de una indemnización de más de un millón de euros por las lesiones neurológicas sufridas por una paciente derivadas de un retraso en un servicio de Urgencias y Neurocirugía de un hospital público.
Los hechos ocurrieron en 2007 cuando la reclamante acudió a Urgencias por la "pérdida de fuerza de un miembro inferior y superior derecho y desviación de la comisura bucal. También refirió un episodio de dolor en zona cervical con adormecimiento de todo el cuerpo con dolor a la movilización cervical". El neurocirujano de guardia consideró que las manifestaciones que presentaba la paciente eran compatibles con afectación psíquica, por lo que se solicitó atención por los psiquiatras de guardia que llegaron a la conclusión de que "no se trata de una patología psiquiatra sino del sistema nervioso" y piden su revisión por el servicio de Neurología.
  • La inspección médica califico de "deleznable" la actuación del servicio de Urgencias y de Neurología al tratar a la paciente
Los neurólogos determinaron que "se trata de una afectación neuroquirúrgica" y emitieron como juicio clínico paraparesia de miembros inferiores de menos de 24 horas. Neurología solicitó RMN urgente y revisión por Neurocirugía. El tribunal da por probado que "la paciente no fue revisada por Neurocirugía y no se realizó la resonancia urgente, como indicaron los neurólogos". Varios meses después la paciente fue diagnósticada de "tetraplejia con nivel motor C7 y sensitiva C6".
Sin comentarios
El Supremo, que acepta el informe emitido por la inspección médica, ha reconocido que "la asistencia sanitaria que recibió la paciente no se ajustó a la lex artis". Es más, ha calificado de "deleznable" la actuación del servicio de Urgencias y de Neurología.
La sentencia ha subrayado que "la claridad y rotundidad con la que se ha expresado la inspección, órgano objetivo de la Administración exime de mayores comentarios". "El retraso en abordar la patología de la reclamante ha tenido influencia en la gravedad de sus lesiones".

Gravísimas secuelas

Son pocas las sentencias de los tribunales que condenan al pago de indemnizaciones millonarias. Un juzgado de Mérida sancionó al Servicio Extremeño de Salud con casi un millón de euros por pérdida de oportunidad al tratar un ictus.

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