martes, 12 de mayo de 2015

La colelitiasis aguda no precisa cirugía urgente - DiarioMedico.com

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NUEVA SENTENCIA

La colelitiasis aguda no precisa cirugía urgente

Un juzgado de Oviedo absuelve al Sespa porque la patología que sufría una paciente se podía resolver con una intervención quirúrgica "programada".
Diego Carrasco. Madrid |diego.carrasco@diariomedico.com   |  12/05/2015 00:00


Federico Guirado
Federico Guirado, letrado de Muñoz Arribas Abogados. (DM)
El Juzgado de lo Contencioso número 6 de Oviedo ha eximido de responsabilidad patrimonial al Servicio de Salud del Principado de Asturias (Sespa) al considerar que no hubo retraso ni en la ecografía ni en la intervención quirúrgica de colelitiasis a la que se sometió una paciente. El fallo señala que "no había razón" para considerar que la patología que sufría la enferma había que considerarla "preferente". De ahí, que el tratamiento correcto fuera "una cirugía programada" porque la ecografía confirmó el diagnóstico clínico de que "no tenía algo grave".
El juzgado ovetense ha estudiado la demanda presentada por una reclamante que acusaba a la entidad gestora de una presunta negligencia médica derivada del retraso de cuatro meses que tardaron en practicarle una ecografía y, una vez realizada, no practicarle la cirugía en una situación que consideraba "urgente".
  • La sentencia aclara que cuando se diagnosticó la colecistitis había que dejar que transcurriera un tiempo, antes de operar, para que remitiera la inflamación
Según consta en el expediente administrativo, en marzo de 2013 la enferma acudió a Urgencias aquejada de un dolor epigrástico. Tras ser examinada se le dio el alta con el diagnóstico de dolor abdominal. Seis días después volvió a Urgencias por un dolor en hipocondrio derecho. Se le hizo exploración cardiopulmonar, abdominal y analítica y se le dio de alta con el mismo diagnóstico que la vez anterior.
En el mes de julio la paciente volvió a Urgencias con un dolor abdominal de cinco días de evolución. Se le hizo una exploración y también se le practicó una "ecografía" que arrojó un resultado diagnóstico de "colelitiasis y colecistitis". El cuadro médico le dio cita en consulta externa de Cirugía para preoperatorio. En septiembre se apunta en la lista de espera.
En octubre la reclamante fue a Urgencias un total de cuatro veces, de las que sólo una estaba justificada. El cuadro médico siempre aconsejó continuar con la cirugía programada, pues en la colelitiasis no había signos de colecistitis. Finalmente la paciente fue operada en el mes de noviembre presentando complicaciones, que desencadenaron en una reintervención.
La sentencia considera que no hay motivos para apreciar mala praxis del Sespa porque "la ecografía se realizó cuando sensatamente se debió hacer", esto es, cuando se repitieron los cuadros de dolor cólico. El fallo, que se apoya en uno de los informes periciales, razona que "no existe razón para considerar como preferente una colelitiasis aguda", por lo que su cirugía es "programada" y el plazo de cuatro meses para realizar la ecografía "es razonable". Y es que la reclamante argumentó que debió hacerse la intervención de un modo urgente o como mucho en una semana y no llegar a la ictericia con las complicaciones que tuvo. El juzgado desestima este razonamiento porque "aun con el cuadro de ictericia sigue sin ser urgente porque la enferma no tenía fiebre". Además, la sentencia concluye que cuando se diagnosticó la colecistitis había que dejar que transcurriera un tiempo para que "remitiera la inflamación" y después operar. Un aspecto que ha sido avalado por el perito: "Controlada la infección es prudente dejar pasar al menos dos meses para que los fenómenos inflamatorios cedan y poder operar a la paciente sin grave riesgo".
Protocolos
El juzgado comparte uno de los argumentos empleados en el juicio por Federico Guirado, letrado de Muñoz Arribas Abogados, que defiende a la aseguradora del Sespa, al señalar que "a la paciente se le aplicaron estrictamente los protocolos" lo que significa que las complicaciones surgidas fueron las típicas y, además, estuvieron bien manejadas. Respecto a "la elección de cirugía abierta en lugar de laparoscopia fue "prudente" porque "tenía una estenosis de la vía biliar" que podía ser benigno o maligno.
El fallo incide en la importancia de la argumentación de los informes periciales aportados en el juicio. "Es merecedor de mayor credibilidad y fuerza de convicción el informe médico aportado por la aseguradora, elaborado por un especialista en cirugía del aparato digestivo" que el aportado por la recurrente, "médico especialista en Medicina del Trabajo y técnico superior en prevención de Riesgos Laborales", concluye el magistrado.

Retraso no es sinónimo de reproche penal

El retraso de un diagnóstico suele ser uno de los motivos que más veces está presente en una demanda por mala praxis sanitaria. Sin embargo, no siempre es motivo de condena. La Audiencia Provincial de Teruel eximió de responsabilidad penal a un ginecólogo por actuar conforme a lo que establecían los protocolos de la SEGO. Al médico se le pedía un año de prisión por haber demorado la realización de una cesárea. Laaudiencia provincial subrayó que "la cirugía se practicó en menos de 30 minutos", que es el tiempo fijado por las guías de las sociedades científicas.

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