martes, 2 de junio de 2015

La sarcoidosis dificulta practicar cirugía valvular - DiarioMedico.com

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SERVICIO DE SALUD DE CASTILLA-LA MANCHA

La sarcoidosis dificulta practicar cirugía valvular

Un juzgado de Toledo absuelve al Sescam porque la patología pulmonar que padecía una paciente contraindicaba ser sometida a una valvuloplastia.
Diego Carrasco. Madrid | diego.carrasco@diariomedico.com   |  02/06/2015 00:00
 
 

El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Toledo ha eximido de responsabilidad patrimonial al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) porque la patología que le fue diagnosticada a una paciente, sarcoidosis con afectación pulmonar, impedía que se le practicara una cirugía de recambio valvular. El fallo explica que la "asistencia sanitaria dispensada" por el Sescam a la enferma no tuvo incidencia en su fallecimiento, que derivó de su "grave patología". Y ello a pesar de que hubo una omisión del cuadro médico respecto a las revisiones sanitarias.
Según se desprende de la demanda, la paciente tenía una enfermedad cardiaca que no fue seguida de forma adecuada, lo que condicionó su mala evolución y las posibilidades de tratamiento. Y es que desde que la paciente tenía 38 años venía siendo tratada de una sarcoidosis con afectación pulmonar y prolapso valvular mitral. Fue vista por los médicos en mayo y octubre de 1996; enero de 1997 y octubre de 1998.
Sin embargo, desde octubre de 1998 hasta diciembre de 2006 no fue tratada por el servicio de Cardiología de un hospital público. La familia denunció que la enferma estuvo ocho años sin que fuera objeto de un seguimiento por dicho servicio ni se le hicieran pruebas oportunas, máxime cuando no estaba dada de alta. Para los recurrentes, la omisión en el seguimiento de las revisiones conllevó una "pérdida de oportunidad terapéutica", ya que el recambio de la válvula se podía haber hecho años antes.
  • El fallo apunta que, según la Sociedad Española de Cardiología, cuando hay una lesión moderada se aconseja un estudio ecocardiográfico anual
Lesión moderada
La sentencia considera probado, no por los datos ofrecidos por la entidad gestora sino por los reclamantes, que "hubo una ausencia de revisiones en el servicio de Cardiología durante ocho años", pues ese seguimiento estaba "protocolariamente" indicado. Máxime cuando la paciente no había sido dada de alta por el cuadro médico que la atendía.
El fallo, que se apoya en la guía clínica de la Sociedad Española de Cardiología en valvulopatías, razona que "cuando hay una lesión moderada se recomienda un estudio ecocardiográfico anual". Es más, en otro protocolo de un hospital universitario de Barcelona se dice que "en los casos de insuficiencia mitral moderada se recomienda cita anual y control ecocardiográfico bianual o más precoz si aparecen síntomas".
De esta manera, el magistrado desestima el argumento del Sescam acerca de que fue la paciente la que dejó de asistir a las revisiones previstas. En este sentido, "resulta altamente significativo" que ni la inspección médica ni la aseguradora valorasen con suficiencia esa ausencia de revisiones durante varios años, subraya el fallo.
Problemas 
Examinada la cuestión de las omisiones de las revisiones el juzgado toledano llega a la conclusión de que no ha existido "pérdida de oportunidad terapéutica". La sentencia, que acoge los argumentos de Iñigo Cid-Luna, socio de Asjusa Abogados, que defiende a la aseguradora del Sescam, razona que "el trasplante pulmonar se desestimó por problemas cardiacos y neurológicos asociados". Ello significa que "no hubiera podido ser intervenida quirúrgicamente del recambio valvular entre los años 2000 a 2005" en los que no fue revisada por el servicio de Cirugía Cardíaca, pues su función pulmonar no lo hacía indicado. En cambio, su función respiratoria sí era vigilada por el servicio de Neumología.

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