lunes, 8 de junio de 2015

Otro fallo obliga al SAS a indemnizar la carrera profesional de nivel 3 - DiarioMedico.com

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LA CONDENA SE REITERA

Otro fallo obliga al SAS a indemnizar la carrera profesional de nivel 3

La magistrada considera clave el hecho de que el SAS no dictara una resolución expresa.
D. Carrasco. Madrid   |  05/06/2015 00:00
 
 

Otra sentencia del Juzgado Contencioso número 3 de Cádiz ha vuelto a condenar al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a pagar a un médico el nivel 3 de carrera profesional que tenía reconocido por la entidad gestora. El demandante, médico especialista en Pediatría, solicitó en octubre de 2012 el nivel 3 de carrera. Un mes después la entidad gestora le concedió el nivel de experto de acreditación de competencia profesional.
Para resolver el pleito, la magistrada considera clave el hecho de que el SAS no dictara una resolución expresa por la que se le reconocía dicho nivel solicitado ni cualquier otro acuerdo por el que se ponía fin al procedimiento.
En este sentido, el fallo recuerda que la Resolución de 30 de abril de 2009 de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del SAS, que regula la ordenación del proceso de certificación de los distintos niveles de carrera profesional, fija unos plazos para que el SAS resuelva las solicitudes presentadas. En el caso enjuiciado el plazo finalizaba el 31 de diciembre de 2012.
La Administración autonómica no contestó a tal petición. Para el juzgado, esta actitud supuso que no cumpliera con su deber de resolver las solicitudes administrativas. En consecuencia, el fallo considera que al no responder el SAS se entiende un efecto estimatorio de la solicitud, salvo que una ley o norma de Derecho Comunitario diga lo contrario, "lo que no ocurre en el caso de autos". Por ello, el juez obliga al SAS a pagar al médico las cantidades dejadas de percibir durante el periodo reclamado. Unos importes que se detallarán en la ejecución del fallo.

No cumplió el plazo legal para decidir

Un juzgado Contencioso de Cádiz obligó al SAS a pagar a un médico el nivel dos de carrera profesional. La sentencia, que acogió los razonamientos de Beatriz Lago, abogada del Colegio de Médicos de Cádiz, explicó que la entidad gestora incumplió el plazo de tiempo para resolver la solicitud administrativa sobre concesión o denegación del nivel de carrera. El juzgado entendió que el médico tenía reconocido el nivel de carrera por un acto de silencio administrativo positivo.

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