jueves, 10 de septiembre de 2015

Trabajar en Neonatología no es un riesgo para la lactancia - DiarioMedico.com

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TSJ DE GALICIA

Trabajar en Neonatología no es un riesgo para la lactancia

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha señalado que los agentes físicos y biológicos que se encuentra una profesional sanitaria en el servicio de Neonatología no influyen negativamente en su salud ni en la de su hijo.
D. Carrasco. Madrid   |  10/09/2015 13:51
 
 

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha dado la razón al Servicio Gallego de Salud (Sergas) y al Instituto Nacional de la Seguridad Social al considerar que en el puesto de trabajo de la reclamante, enfermera en Neonatología, "no existe riesgo para la salud durante el periodo de lactancia natural". El fallo concluye que, según la normativa y guías de actuación, no se contempla "la existencia de restricciones de actividad o situaciones de riesgo derivadas del trabajo a turnos, como riesgo específico para la lactancia".
La Sala Social del tribunal gallego ha resuelto el recurso presentado por una profesional sanitaria que trabajaba en turnos de mañana, tarde y noche en el servicio Neonatología de un hospital del Sergas. Su hija recibía lactancia materna en exclusiva desde su nacimiento. La reclamante denunciaba que el trabajo que desempeñaba le hacía estar en contacto con enfermedades transmisibles como varicela, meningitis, enterocolitis, bronquiolitis, etcétera, que constituían un riesgo para la lactancia diferente del riesgo general para todo el personal. Esta situación fue recogida por el informe que presentó el jefe de servicio que añadió: "La trabajadora está sometida a riesgos biológicos como VIH, VHC y otras enfermedades y a riesgos físicos como radiaciones ionizantes así como a riesgos químicos o tóxicos por la utilización de productos farmacéuticos de uso sanitario". Un informe del servicio de Medicina Preventiva consideró a la demandante como "apta" para el desempeño de las tareas de su puesto de trabajo.
El TSJ, que ha realizado un pormenorizado estudio de la legislación aplicable, considera que "no se ha demostrado" que dichos riesgos influyan "negativamente" en el proceso de lactancia. De esta manera, el fallo, facilitado por Thomson Reuters Aranzadi, confirma íntegramente la decisión que en su día adoptó el Juzgado Social número 2 de La Coruña.
La Guía Técnica para la Evaluación y Prevención de los Riesgos Relacionados con la exposición a agentes biológicos sostiene que, respecto a problemas relacionados con las trabajadoras en el periodo de lactancia, es frecuente la presentación de mastitis, aunque no se ha encontrado una relación directa entre factores ambientales y la mastitis. "Ello no excluye que se deban extremar las medidas higiénicas generales y específicas con fines preventivos", apunta la sentencia.
Los magistrados han considerado como no probado la "especificación de riesgos" porque en las radiaciones ionizantes, la normativa exige que "el riesgo para la lactancia esté ligado no a un riesgo general sino en particular a la radiación proveniente de sustancias radioactivas". A la misma conclusión, añade el TSJ, se debe llegar con respecto a "los riesgos químicos y tóxicos".

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