lunes, 15 de febrero de 2016

"La actividad de los institutos de Medicina Legal ha caído un 50%" - DiarioMedico.com

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INFORMES POR FALTAS LEVES

"La actividad de los institutos de Medicina Legal ha caído un 50%"

La despenalización de las faltas ha mermado la petición de informes, pero ahora las víctimas de tráfico pueden solicitar valoraciones del daño corporal
Soledad Valle. Madrid | soledad.valle@unidadeditorial.es   |  15/02/2016 00:00
 
 

Los institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses están viviendo en una especie de "calma chicha". Rafael Bañón, director del Instituto de Medicina Legal de Murcia y presidente del Comité Científico-Técnico del Consejo Médico Forense, del Ministerio de Justicia, describe así el panorama de la labor pública de la Medicina Forense después de las últimas reformas legales.
"Hemos tenido una caída del 50 por ciento en la actividad de reconocimiento por lesiones de tráfico desde que se despenalizaron las faltas leves [con la reforma del Código Penal que entró en vigor el 1 de julio de 2015], pero ahora estamos pendientes de ver cómo nos afectará el real decreto que permite a las víctimas de accidentes de tráfico, ocurridos a partir del 1 de enero de este año, solicitarnos informes periciales para utilizarlos en las negociaciones extrajudiciales, encaminadas a fijar una indemnización".
  • "Antes sólo actuábamos por orden judicial, ahora realizaremos informes a instancias de particulares", apunta Rafael Bañón
Las querellas, según reconoce el forense y constatan jueces de lo Penal, se utilizan en muchos casos como un instrumento para obtener el informe pericial del instituto forense de forma rápida y gratuita. Estas reclamaciones no solían prosperar en la vía Penal y el letrado emprendía su demanda en la vía Civil, para la que se servía del informe forense que había recabado en la querella desestimada.
"Efectivamente ese era un camino muy utilizado. Sin embargo, en las demandas judiciales por malas praxis médicas no ha sido una vía excesivamente recorrida porque para juzgar la actuación del médico prevalece la valoración del especialista en la rama de la medicina que se juzgue", aclara Rubén Darío Delgado, abogado de la Avinesa.
En todo caso, la despenalización de las faltas leves ha cerrado el uso instrumental de la vía Penal y ha dejado a los institutos de Medicina Legal con la mitad del trabajo. Pero en cuanto las víctimas de los accidentes de tráfico ocurridos a partir del 1 de enero de 2016 soliciten informes periciales a esos institutos, ejerciendo así la posibilidad que recoge el Real Decreto 114/2015, este panorama es muy probables que cambie radicalmente.
A disposición de la sociedad
Bañón reconoce la incertidumbre que introduce el real decreto, pero lo valora de manera muy positiva. "Con este cambio, los institutos de Medicina Legal ponen a disposición de la sociedad toda la experiencia que tienen en la valoración del daño corporal, que es mucha. Antes sólo actuábamos por orden judicial, ahora realizaremos informes a instancias de particulares".
Por ahora, el real decreto sólo permite la solicitud de estos informes a los particulares que hayan sido víctimas de un accidente de tráfico, entre los que se incluye a los familiares de fallecidos. El coste de las periciales, que según el experto está entre 80 euros y 300 euros, lo abona la compañía aseguradora. En función de esta valoración podrá acordarse la indemnización del daño extrajudicialmente.
Bañón no descarta que esta posibilidad, que ahora sólo existe para las víctimas de los accidentes de tráfico, "en el futuro se abra para otros casos", entre los que incluye lasreclamaciones por daños derivados de una mala praxis médica. Algo que, según el forense, "dependerá del éxito o fracaso de esta experiencia".

Normas que afectan al forense

reforma del Código Penal, que recoge la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo. En el nuevo texto legal quedan despenalizadas las faltas, de manera que se alejan de la jurisdicción penal asuntos como los accidentes de circulación, que pasarán a verse en otras jurisdicciones. 
El 1 de enero de 2016 entró en vigor el Real Decreto 1148/2015, de 18 de diciembre, por el que se regula la realización de periciales a solicitud de particulares por los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en las reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor. Con esta vía se pretende facilitar el acuerdo que fije la indemnización a las víctimas de accidentes de tráfico. 

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