lunes, 7 de marzo de 2016

El retraso en las listas de espera se indemniza cuando hay daño - DiarioMedico.com

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50 EUROS POR DÍA DE DEMORA EN UNA OPERACIÓN

El retraso en las listas de espera se indemniza cuando hay daño

El retraso "por encima de lo razonable" de una intervención es un problema común a todas las consejerías de Sanidad, que mantienen demoras más allá de lo que fija el Real Decreto 605/2003 y sus desarrollos autonómicos.
Soledad Valle. Madrid | soledad.valle@unidadeditorial.es   |  07/03/2016 00:00
 
 

Cipriano Castreje
Cipriano Castreje, abogado de la paciente que ha ganado el juicio. (DM)
El retraso "por encima de lo razonable" de una intervención es un problema común a todas las consejerías de Sanidad, que mantienen demoras más allá de lo que fija el Real Decreto 605/2003 y sus desarrollos autonómicos. Sin embargo, estos excesos en la espera son en pocas ocasiones motivos de reclamaciones judiciales y, menos aún, de sentencias condenatorias.
Cipriano Castreje, abogado experto en Derecho Sanitario, reconoce que "no se indemniza más, porque no se reclama y cuando se hace es por un daño desproporcionado. Por ejemplo, por la muerte de un paciente mientras espera una operación, que había superado ya el tiempo indicado".

Pero que sean escasas no quiere decir que no haya ninguna resolución en este sentido. El letrado gallego, colaborador de la Asociación El Defensor del Paciente, acaba de ganar un juicio en la Sala Contenciosa del TSJ de Galicia sobre esta materia. 
La sentencia recoge una indemnización de 26.000 euros a un paciente al que tardaron 519 días en cambiarle una prótesis de cadera. La necesidad de la sustitución de la prótesis se conoció al poco de colocársela, según apunta el fallo. 

"La infracción se concreta en la tardanza en la práctica de la cirugía de rescate de la prótesis que [...] se demoró casi tres años". El magistrado concede 50 euros por cada uno de los 519 días que pasaron entre una intervención y otra. "Esa es la cantidad que recoge el baremo de tráfico, vigente en el momento que ocurrieron los hechos, por cada día que estuvo impedido el paciente", aclara el letrado.
La clave del fallo, según Castreje, está en que "no se indemniza por el resultado final, porque después de la última intervención el paciente quedó bien, si no por tenerle dos años y pico esperando y el agravamiento de las secuelas derivadas de esa espera".

El seguro pone límites

Las indemnizaciones por malas praxis médicas las afronta la aseguradora de la Administración. Sin embargo, hay que ver qué cubre cada póliza. Alfons Sesé, director del área de Empresas de SegurCaixa Adeslas, señaló a Diario Médico, que "las listas de espera no están recogidas en la cobertura de estos seguros, porque son una falta de medios y no un error médico"

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