viernes, 25 de marzo de 2016

Madrid: anulados los pactos de gestión para reducir las listas de espera - DiarioMedico.com

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POR VULNERAR LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA

Madrid: anulados los pactos de gestión para reducir las listas de espera

Un juzgado de Madrid ha anulado los pactos de gestión para mejorar las listas de espera quirúrgica por falta de negociación colectiva previa, al entender que los acuerdos podían variar las condiciones de trabajo de quienes los firmaran.
Nuria Monsó. Madrid   |  23/03/2016 11:58
 
 

El Juzgado Contencioso-administrativo nº26 de Madrid ha anulado los pactos de gestión firmados entre la Gerencia de Hospitales del Servicio Madrileño de Salud (Sermas) y diferentes servicios que tenían como objetivo la reducción de las listas de espera. El magistrado da la razón al sindicato médico Amyts, que entendía que los pactos suponían una variación de las condiciones de trabajo que no habían sido negociadas previamente en la Mesa Sectorial de Sanidad.
A finales del año pasado, la Consejería de Sanidad empezó a desarrollar un nuevo modelo de pactos de gestión para realizar operaciones por la tarde con el fin de reducir la lista de espera.La Administración presentó un modelo-tipo a la mesa sectorial el pasado 30 de octubre,como informó DM, cuando ya entonces se habían firmado varios acuerdos.
Amyts presentó un recurso, argumentando que el Sermas había vulnerado el derecho a la negociación colectiva, puesto que el contenido afectaría a las condiciones laborales del personal y no se había acordado previamente con los sindicatos, contradiciendo lo establecido en el artículo 37.2 del Estatuto Básico del Empleado Público. La Administración alegó que la decisión entraba dentro de sus competencias de organización de los recursos y, por tanto, como mucho, procedía la mera consulta a los sindicatos, como señala el artículo 80 del Estatuto Marco. El magistrado señala que, de observarse alguna modificación en las condiciones laborales, prevalecería lo marcado en el EBEP, al incluir también al personal estatutario.
Respecto a si era necesaria la negociación colectiva, el juez señala que el modelo facilitado a las centrales "no determina de forma concreta cómo su desarrollo incide en las condiciones de los profesionales". Ante la falta de detalle, concluye que "se desconoce si la implantación de estos pactos supone en la práctica establecer un turno de tarde inexistente o trabajar los fines de semana", pero que "sí puede presumirse que la apertura de quirófanos por la tarde va a suponer una modificación del horario o ampliación de la jornada de aquellos profesionales que participen". Por tanto, aunque el Sermas haya tomado la decisión en ejercicio de su potestad de autoorganización, sí afecta a las condiciones de trabajo, aunque sea de forma temporal: "La necesidad de negociación previa no puede entenderse en sentido estricto", añade.
Los pactos suscritos según el modelo facilitado a los sindicatos se anulan por tanto "en lo que pueda suponer una variación en la condiciones de trabajo por falta de negociación previa". Fuentes de Amyts señalan que, aunque los acuerdos contemplan la derivación de pacientes tanto a centros públicos como privados (quedarían fuera las concesiones administrativas), la mayor parte de la actividad está basada en el incremento de las operaciones por la tarde, "por lo que esto obligaría a llevar los pactos primero a la mesa sectorial". La sentencia es recurrible.

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