domingo, 13 de marzo de 2016

Sanidad: la 'ley del Rosell' "no tiene respaldo presupuestario ni responde a necesidades asistenciales" - DiarioMedico.com

Sanidad: la 'ley del Rosell' "no tiene respaldo presupuestario ni responde a necesidades asistenciales" - DiarioMedico.com





ASAMBLEA REGIONAL DE MURCIA

Sanidad: la 'ley del Rosell' "no tiene respaldo presupuestario ni responde a necesidades asistenciales"

La ley aprobada en la Asamblea Regional de Murcia por los grupos de la oposición para que el Hospital Santa María del Rosell, de Cartagena, vuelva a contar con los servicios de un hospital general ha generado críticas entre la Consejería y el PP.
Pilar Laguna. Murcia   |  11/03/2016 17:30
 
 

La aprobación en la Asamblea Regional de Murcia de una ley que obliga a que el Hospital Santa María del Rosell, de Cartagena, cuente con todos los servicios y prestaciones propias de un hospital general ha hecho que desde la Consejería de Sanidad se advierta de que la normativa "no tiene el necesario respaldo presupuestario ni responde a las necesidades asistenciales del área".
Sanidad insiste en la utilidad del plan funcional que acababa de poner en marcha en este centro sanitario y faculta al secretario general de la Consejería, Martín Quiñonero, para valorar una situación que pone en un brete al ejecutivo del PP. "Las decisiones en gestión y planificación sanitaria no son fruto de impulsos y de intereses políticos, sino de medidas integradas que permitan atender con garantías las necesidades asistenciales", dice Quiñonero, que ha criticado "la facilidad con que se busca rédito político, cuando lo complicado es gestionar de manera adecuada, con criterios de eficiencia, sostenibilidad y responsabilidad, y la norma aprobada ayer contradice todos estos principios".
Según el secretario, para aplicar la ley "serían necesarios más de 50 millones de euros, replantear la configuración del área de salud y mermar la atención a los usuarios". Agrega que el Hospital Santa Lucía, con el apoyo de los servicios que ya funcionan en el Rosell, es el segundo gran hospital de la región, después de La Arrixaca, y que en el área II de Salud (Cartagena), que también abarca La Unión, Mazarrón y Fuente Álamo, la ratio de camas y de personal por habitantes es superior a la media de la comunidad autónoma.
Respecto al plan funcional elaborado por la Consejería, de acuerdo con los profesionales del Área II, Quiñonero ha dicho que no es "caprichoso", sino que responde a "una planificación concienzuda, con el objetivo de ampliar el número de intervenciones quirúrgicas en el área". Cuando termine el año se espera que haya 55 camas de hospitalización en el Rosell y desde el 1 de marzo se han realizado 55 intervenciones quirúrgicas con ingreso.
El Área de Salud II-Cartagena atiende a una población potencial de 265.000 ciudadanos. Para ello, dispone de 16 centros de salud, 43 consultorios, 5 servicios de urgencias de atención primaria (SUAP), el Hospital General Universitario Santa Lucía y el Santa María del Rosell.
La ley va más allá
La ley autonómica aprobada por los grupos de la oposición (PSOE, Ciudadanos y Podemos) recoge en sus articulados un abanico muy amplio de servicios y prestaciones para el Rosell, y en realidad se inspira en lo prometido en 2009 por la exconsejera de Sanidad, María Ángeles Palacios, en el mismo foro parlamentario, explayándose en once estrategias "que hacen preciso escasas inversiones para la adecuación de espacios. Se tiene previsto un coste inicial aproximado de un millón de euros".
Palacios habló entonces de recuperar para el centro 328 camas y repitió hasta la saciedad que el hospital del Rosell no se quedaría como un "mero anexo" del Santa Lucía. Y así lo aprobó en 2010 la Asamblea Regional por unanimidad.
La ley va más allá de esas líneas estratégicas, completándolas con otras nuevas. Y, sobre todo, estableciendo plazos bastante ajustados. En un artículo único detalla que el Hospital Santa María del Rosell tendrá consideración de hospital general en el Área ll de Salud, con todas las prestaciones habituales de un hospital, incluyendo servicio de Urgencias, UCI, plantas de hospitalización, laboratorio, pruebas diagnósticas, servicios generales y aquéllos especializados que garanticen una oferta compatible con un servicio sanitario de calidad.
Establece que en 2016 se pongan en marcha un servicio de Urgencias de alta resolución; área de rehabilitación funcional ambulatoria; área quirúrgica; creación de un gran centro de especialidades médicas de alta resolución; "potentes servicios" para pruebas diagnósticas y complementarias y laboratorio; impulso al área social (recursos para personas mayores de rehabilitación, neurológicos, media estancia sanitaria...); hospitalización de media estancia; dotación del área de salud mental; actuación singular en cuidados paliativos; Nefrología con diálisis, y hospitalización a domicilio.
Asimismo especifica que la dotación de recursos y la formalización de las medidas necesarias para el establecimiento de la estructura y órganos de dirección como hospital general estará finalizada a 1 de enero de 2018. Y en una disposición adicional se urge a que en el plazo de tres meses tras la aprobación de la ley, y con el previo acuerdo del Consejo de Salud, la Consejería de Sanidad presente la organización de servicios de los hospitales de Santa Lucía y Santa María del Rosell, según lo establecido en el artículo único: como hospitales independientes.
Recurso al Constitucional
La reacción del partido en el Gobierno, el PP, a la aprobación de esta proposición de ley no se ha hecho esperar: según ha anunciado el portavoz del grupo popular, Víctor Manuel Martínez, el PP presentará un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional y otro ante la justicia Contencioso-Administrativa porque la aprobación de dicha proposición es, según este partido, "una ilegalidad, pues incumple cuatro leyes regionales, parlamentarias y nacionales".
Así, considera que vulnera el artículo 120.2 de la Ley de Transparencia y Buen Gobierno, que obliga a la Asamblea a hacer consultas al Gobierno regional; también la de Estabilidad Presupuestaria, por el gasto que supondría; la Ley de Buen Gobierno, en el artículo que obliga a las Administraciones a no gastar más de lo que ingresan, y el artículo de la Constitución que hace referencia a que toda proposición a enmiendas que suponga un aumento de crédito o disminución de los ingresos presupuestarios requiere la conformidad del Gobierno para su tramitación.

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