viernes, 15 de abril de 2016

Coaccionar a una médico forense es un delito de atentado - DiarioMedico.com

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TRIBUNAL SUPREMO

Coaccionar a una médico forense es un delito de atentado

El Tribunal Supremo ha calificado como un delito de atentado contra la autoridad la grave intimidación que sufrió una médico forense cuando, en el ejercicio de sus funciones, procedía a reconocer a un detenido. El fallo impone al acusado 12 años y diez meses de internamiento al apreciar un trastorno mental grave.
Diego Carrasco. Madrid   |  13/04/2016 16:47
 
 

El Tribunal Supremo ha sentenciado que la intimidación grave que sufrió una médico forense cuando se disponía a reconocer a un detenido en dependencias judiciales constituye un delito de atentado. El fallo, que aplica el nuevo Código Penal, razona que la facultativa tiene la consideración de autoridad cuando actúa en el ejercicio de sus funciones públicas.
Según los hechos probados, el detenido, que había protagonizado un violento altercado en la sede de los juzgados de Badajoz, intentó acabar con la vida de uno de los agentes de la Guardia Civil a quien previamente le había arrebatado el arma reglamentaria. El suceso no acabó en homicidio porque el detenido no logró disparar el arma, pues no supo retirar el seguro de la pistola. Cuando fue reducido, se le trasladó a las dependencias forenses de los juzgados.
Al día siguiente, la médico se personó para proceder al reconocimiento y dictaminar el preceptivo informe sobre su comportamiento. Al poco de comenzar con la entrevista, el acusado se levantó de repente de la silla y se dirigió a la puerta del despacho, bloqueándola y arrebatando la pistola a uno de los agentes de la Policía a la vez que decía: "De aquí no sale nadie con vida". La forense descolgó el teléfono para avisar de lo que estaba sucediendo. El detenido, con una actitud muy agresiva, conminó a la médico para que no efectuara la llamada. Instantes después, los policías redujeron al acusado. La forense sufrió un cuadro de ansiedad y estado de temor a consecuencia de la agresividad del detenido.
El Tribunal Supremo, que confirma la sentencia de la Audiencia Provincial de Badajoz, subraya que "los médicos forenses tendrán la consideración de autoridad cuando actúen en el ejercicio de su cargo", según establece su reglamento orgánico de 1996. En este sentido, el fallo comparte los argumentos de Héctor Galache Andújar, abogado del Colegio de Médicos de Badajoz, que actuó como acusación particular, al explicar que el acto integrante del tipo de atentado lo constituye, en este caso, no un "acometimiento físico" sino "la conducta clara y gravemente intimidatoria" del acusado, que se pone "agresivo y violento, bloquea la puerta, intenta hacerse con el arma de uno de los agentes y amenaza" al decir que de allí no saldría nadie con vida.
La Sala Penal considera que la conducta del procesado no es susceptible de condena penal, pero sí de medida de seguridad privativa de libertad por ser el autor de varios delitos de atentado y homicidio en grado de tentativa. El fallo se basa en que el acusado presentaba un diagnóstico mental grave, trastorno psicótico no especificado y trastorno de personalidad esquizotípica. Además, los hechos se produjeron en un contexto de una "crisis psicótica" que le impedía conocer sus capacidades cognitivas y volitivas.

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