lunes, 4 de abril de 2016

Condena por una información inadecuada e insuficiente en cáncer de pulmón - DiarioMedico.com

Condena por una información inadecuada e insuficiente en cáncer de pulmón - DiarioMedico.com





AUDIENCIA PROVINCIAL DE ZARAGOZA

Condena por una información inadecuada e insuficiente en cáncer de pulmón

La Audiencia de Zaragoza ha condenado a un médico y a su seguro por dar a un paciente una información inadecuada e insuficiente ante la sospecha de cáncer de pulmón. El fallo censura que minutos antes de ser operado se le informara de que tenía que hacerse una TC torácica por la mancha que aparecía en un pulmón.
Diego Carrasco. Madrid   |  04/04/2016 16:56
 
 

La Audiencia Provincial de Zaragoza ha imputado a un urólogo y a su compañía de seguros la responsabilidad civil derivada del fallecimiento de un paciente que tenía un cáncer de pulmón. El tribunal entiende que existió una pérdida de oportunidad derivada de la falta de información que originó que se privara al enfermo de las medidas necesarias en un momento más temprano o incipiente del desarrollo patológico que culminó con su óbito. Y es que, ante el hallazgo radiológico detectado, la información que se dio fue "inadecuada" e "insuficiente".
La demanda, presentada por los familiares del paciente, acusaba al facultativo de una negligencia médica porque desde septiembre de 2012 aparecían datos en el estudio preoperatorio de una enfermedad urológica y que hacían referencia ya a una anomalía pulmonar. En ese mes se determinó que al paciente había que intervenirle quirúrgicamente, pero no de manera urgente, por cálculos renales y necesidad de liberar el uréter.
Se prescribieron varias pruebas diagnósticas preoperatorias. Instantes antes de la operación de ureterorrenoscopia, en la sala preoperatoria del quirófano, se le informó de que debía realizarse una TC torácica para comprobar la existencia de un aumento de densidad parcialmente definido en el lóbulo inferior izquierdo. Según la acusación, como consecuencia de esa dejación en marzo de 2013 dicha sospecha de lesión en uno de los pulmones se concretó en un cáncer de pulmón en estadio 4. Siete meses más tarde falleció.
Un juzgado Civil de Zaragoza absolvió al médico y a su seguro porque no apreció mala praxis, a pesar de que el momento y el lugar de la información no le parecía la más adecuada. El fallo de instancia consideró que el paciente sí fue informado y que le correspondía actuar en consecuencia.
Sin embargo, la audiencia zaragozana no comparte su criterio porque el urólogo, director de la intervención quirúrgica, no podía obviar el conocimiento y consecuencias de las pruebas que condicionaban el comienzo y desarrollo de la cirugía. El fallo, facilitado por Thomson Reuters Aranzadi, subraya que la información facilitada al paciente antes de ser operado "no se escribió en la historia clínica ni se derivó de forma directa ni al radiólogo ni al especialista en aparato respiratorio". Uno de los informes periciales destaca que "no necesariamente habría de hablarse ya de tumor cancerígeno, pero sí de una afección pulmonar para valorar".
Además, el tribunal considera que, minutos antes de ser operado no parece el momento más idóneo para dar por concluida una información que pudiera ser trascendente. Para los magistrados, el urólogo tampoco se interesó en las sucesivas consultas que hizo al paciente por el trato que se había dado a esa situación pulmonar. Es más, no tomó nota en su historia clínica, que aun no siendo propia del aparato respiratorio sí debería constar en la anamnesis que había un posible padecimiento del pulmón en un enfermo de riñón. El fallo concluye que "ni el lugar ni la parquedad informativa" cumplían con la finalidad e informar de forma comprensible y adecuada a las necesidades del enfermo.
La sentencia, que es firme, condena al médico y a su aseguradora a pagar a los familiares del fallecido una indemnización de 64.000 euros, más los intereses legales desde la fecha de la interposición de la demanda.

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