lunes, 4 de abril de 2016

"La dificultad es valorar la pérdida de calidad de vida" - DiarioMedico.com

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MALA PRAXIS

"La dificultad es valorar la pérdida de calidad de vida"

Cuantificar la indemnización que corresponde a los familiares de un fallecido por una mala praxis médica, juzgada y condenada, se ha complicado con el nuevo baremo de tráfico aprobado por la Ley 35/2015.
S. Valle. Madrid | soledad.valle@unidadeditorial.es   |  04/04/2016 00:00
 
 

La citada norma, perceptiva en el ámbito de los accidentes de tráfico y orientativa en los juicios por malas praxis sanitarias, parte del ambicioso principio de "la reparación integral del daño". Para este objetivo, establece una considerable cantidad de tablas que recogen las cifras para dar con la cantidad final que resarza el daño antijurídico. Para ordenar ese mar de excels que recorren las 200 páginas de la citada norma, el abogado Daniel Barjau Romero, de Traficoayuda.es, establece dos grandes divisiones: los daños objeto de valoración, que son la muerte, las secuelas y las lesiones temporales, y, por otro lado, los perjuicios indemnizables, que son el personal básico, el particular y el patrimonial.
De la combinación de esos dos grandes grupos aparecen distintas tablas, por ejemplo, la del perjuicio personal básico por muerte. Así lo explicó Barjau Romero a los 75 profesionales, en su mayoría médicos forenses, que asistieron al taller práctico sobre la reforma del baremo de accidentes de tráfico que se desarrolló en el Hospital Clínico San Carlos, de Madrid, la semana pasada, y del que ya informó diariomedico.com.
Sin embargo, estos cálculos no son una ciencia exacta. La norma admite un importante grado de interpretación sobre algunas cuestiones, como puede ser el novedoso término de allegado. El abogado aclaró a los médicos asistentes que "el verdadero reto, en la aplicación de la norma, es saber valorar la pérdida de calidad de vida como bien jurídico protegido". De modo que "pequeñas secuelas pueden causar una gran pérdida de caidad de vida". Por ejemplo, la fractura de una tobillo en un hombre de 70 años que vive solo en un tercero sin ascensor, no cabe valorarla igual a esa misma fractura en un joven que vive con su familia en una casa unifamiliar. Por ese motivo, la indemnización de varios perjuicios se realiza en función de la pérdida de calidad de vida, atendiendo a dos conceptos: la autonomía personal y el desarrollo personal, según la regulación.
La última recomendación del abogado a los facultativos que tendrán que estudiar y aplicar las tablas es que realicen un esfuerzo "para empatizar más con la víctima".

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