jueves, 12 de mayo de 2016

Absolución por un "seguimiento adecuado" en cirugía de rodilla - DiarioMedico.com

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FALLO FIRME EN SANTADER

Absolución por un "seguimiento adecuado" en cirugía de rodilla

Un juzgado de Santander ha eximido de responsabilidad al Servicio Cántabro de Salud por el fallecimiento de un paciente a causa del infarto que sufrió, tras ser operado de una prótesis de rodilla. El fallo entiende que hubo un "seguimiento adecuado" antes y después de la cirugía.
Diego Carrasco. Madrid   |  12/05/2016 14:29
 
 

Federico Guirado
Federico Guirado, letrado de Muñoz Arribas Abogados. (DM)
El Juzgado de lo Contencioso número 2 de Santander ha absuelto al Servicio Cántabro de Salud (SCS) por realizar un "seguimiento adecuado" y conforme el protocolo a un paciente que fue operado de una prótesis de rodilla. La sentencia considera que el infarto que sufrió una semana después de la intervención fue debido "probablemente" a sus propios antecedentes y no a una mala praxis del cuadro médico.
La demanda presentada por sus familiares explica que en abril de 2013 el enfermo se sometió a una artoplastia completa. Imputaban al SCS el fallecimiento posterior del paciente al sufrir una parada cardiorrespiratoria motivada por una falta de vigilancia del personal sanitario, pues se trataba de un paciente de riesgo. Por este daño solicitaban a la entidad gestora una indemnización de 105.133,52 euros.
Según los informes periciales, el enfermo presentaba alto riesgo, dada la cardiopatía previa que sufría. De ahí que se decidiera que la intervención quirúrgica se llevara a cabo en un hospital de Santander, al tener una Unidad de Cuidados Intensivos y Coronarios, y no en el de la ciudad donde se encontraba su servicio de Traumatología. La sentencia considera que el cirujano traumatológico y ortopédico "siguió en todo momento el protocolo". Además, desaconsejó al paciente que se sometiera a la cirugía por el antecedente que tenía. Sin embargo, el enfermo insistió en la operación.
El juzgado asume parte de los razonamientos de Federico Guirado, letrado de Muñoz Arribas Abogados, que defiende a la aseguradora del SCS, al subrayar que al paciente se le hicieron varias analíticas de sangre con unos resultados normales. Los valores de hemoglobina no estaban por debajo del límite de 7, tal y como exige el protocolo de anemia posquirúrgica. Por tanto, no era necesaria la "práctica de una transfusión".
La sentencia, que es firme, señala que "no se puede entender" que haya existido infracción de lalex artis por el hecho de que "falleciera por una parada cardiorrespiratoria". Es más, "probablemente" el óbito se produjo por sus "propios antecedentes al sufrir una cardiopatía isquémica". Según el fallo, el SCS adoptó todas las medidas oportunas y seguimiento posterior a la cirugía que se le practicó.

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