lunes, 9 de mayo de 2016

Condena millonaria por demorar una cesárea en sufrimiento fetal - DiarioMedico.com

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SE INCUMPLIERON VARIOS PROTOCOLOS

Condena millonaria por demorar una cesárea en sufrimiento fetal

La Audiencia Provincial de Cádiz impone al SAS el pago de 1,8 millones de euros por la parálisis cerebral grave sufrida por un bebé a causa de un "control inadecuado" en un parto de riesgo.
Diego Carrasco | diego.carrasco@diariomedico.com   |  09/05/2016 00:00
 
 

Cuando los tribunales aprecian mala praxis en casos de sufrimiento fetal las indemnizaciones a las que se condena al servicio de salud o a su aseguradora, suelen ser, a veces, millonarias por los daños y secuelas que le quedan de por vida al bebé. Unas cuantías que se podrán ver incrementadas con la entrada en vigor del nuevo baremo de tráfico el pasado 1 de enero, que eleva significativamente las cantidades por daños y perjuicio.
La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a pagar a los padres de un bebé una indemnización de 1.086.242,28 euros, más los intereses legales desde la presentación de la demanda, por la demora de una cesárea en situación de sufrimiento fetal. Fuentes jurídicas consultadas por DM han explicado que el montante total asciende a 1,8 millones de euros por la encefalopatía hipóxico-isquémica sufrida por el bebé, que le ha producido una "parálisis cerebral" en su forma más grave.
Según la demanda presentada por José Luis Ortiz, letrado del bufete Ortiz Abogados, contra el SAS en septiembre de 2011 la paciente ingresó en Urgencias a las 0:00 horas con contracciones y bolsa rota con líquido amniótico teñido de meconio. Quedó ingresada con una dilatación del cuello de 2 centímetros. La monitorización fetal arrojó un resultado indicativo de que el bebé estaba taquicárdico (180 l/m). La matrona avisó al tocólogo porque no le parecía un dato normal.
Una hora y media después no se realizó un estudio de equilibrio de base fetal, como indica el protocolo de la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia (SEGO), cuando existen signos de alarma de meconio y bradicardia que indican la presencia de pérdida de bienestar fetal.Tampoco se cumplió el protocolo de la SEGO que indica la realización del test de Bishop.
A las 2:40 horas el cuadro médico seguía sin adoptar ninguna medida efectiva para comprobar el bienestar fetal, pues los avisos de alarma seguían produciéndose. A las 3:03 nació el niño por cesárea. Fue trasladado urgentemente a la UCI. Tras 27 días ingresado fue dado de alta con el diagnóstico de encefalopatía hipóxico-isquémica secundaria a asfixia perinatal grave. Los daños neurológicos son "irreversibles".
Demora injustificada
Un juzgado Civil de Jerez de la Frontera absolvió al SAS, al considerar que la acción para reclamar estaba prescrita por el transcurso de un año desde que se diagnosticó el cuadro clínico permanente del menor.
Sin embargo, la Audiencia de Cádiz no comparte esta decisión judicial, al entender que el cómputo del plazo de un año debe computarse desde el momento en que se conoce definitivamente el alcance del daño, y eso se produjo en octubre de 2013 y la demanda se presentó en junio de 2014. La sentencia considera que las lesiones y secuelas del neonato se debieron a una "deficiente actuación de los profesionales del SAS" que atendieron a la gestante durante el parto. En este sentido, el tribunal comparte los razonamientos del bufete Ortiz Abogados, al señalar que existió "un control inadecuado" en un parto de riesgo, pues la paciente presentaba meconio espeso y había tenido una cesárea anterior; además de un "diagnóstico y tratamiento tardío de sufrimiento fetal".
Para el tribunal, también hubo una "demora injustificada en la realización de una cesárea urgente", que sólo se indicó ante la bradicardia final. La Sala Civil considera que se incumplió lo estipulado en los protocolos de la SEGO. La resolución judicial concluye que la actuación sanitaria fue contraria a la lex artis ad hoc.

Con el nuevo baremo serían 3,5 millones

Si la encefalopatía hipóxico-isquémica, que se sufrió el bebé de la gestante, hubiera sido valorada después de la entrada en vigor del nuevo baremo de daños de tráfico, el día 1 de enero de este año, la cuantía indemnizatoria rondaría los 3,5 millones de euros, según el abogado José Luis Ortiz. En su opinión, "el nuevo baremo adapta las indemnizaciones a la normativa comunitaria del resto de países de nuestro entorno como Francia, Bélgica, Alemania y Holanda, pues para un gran lesionado de este tipo se barajan cifras que rondan los cuatro millones de euros". "Es un logro legislativo que España se haya colocado en la cabeza de países de la UE para indemnizar a grandes lesionados, ya que hasta ahora estaba en el furgón de cola", apunta Ortiz.

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