miércoles, 18 de mayo de 2016

El viernes entra en vigor la nueva directiva europea del tabaco, aún laxa en cigarrillos electrónicos a ojos de la FEC - JANO.es - ELSEVIER

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TABAQUISMO

El viernes entra en vigor la nueva directiva europea del tabaco, aún laxa en cigarrillos electrónicos a ojos de la FEC

JANO.es · 18 mayo 2016 11:29
La norma recoge, entre otras cuestiones, la prohibición de los aromas, la ampliación de los mensajes de advertencia en las cajetillas o el uso de un máximo de 20mg/ml de nicotina en cada cigarrillo electrónico.
Este viernes entra en vigor la “Directiva Europea sobre Productos del Tabaco y Productos Relacionados”, que, aunque ha sido muy aplaudida por la comunidad científica, la Fundación Española del Corazón (FEC) considera que sigue siendo insuficiente en relación con la regulación de los cigarrillos electrónicos.

Esta directiva, que fue aprobada por el Consejo de Ministros de la Unión de Europea en 2014, prohíbe los cigarrillos y el tabaco de liar con aromas característicos; bliga a la industria tabacalera a informar a los estados miembros sobre los ingredientes utilizados en sus productos; exige que se incluyan advertencias sanitarias en los envases de los productos del tabaco y los productos relacionados. Estas alertas deben cubrir el 65% del paquete (hasta ahora se exigía un 40% en España), prohíbe los elementos promocionales o engañosos sobre los productos del tabaco.

Asimismo, obliga a los fabricantes a notificar, con una antelación de seis meses, los nuevos productos de tabaco, antes de introducirlos en el mercado de la UE; establece requisitos de calidad y seguridad para los cigarrillos electrónicos, obliga a que los paquetes contengan un etiquetado y envasado con información suficiente y adecuada.
En el etiquetado deben especificar todos los ingredientes así como la cantidad de nicotina de cada cigarrillo, y los paquetes deben contener las advertencias sanitarias adecuadas, y no incluir ningún elemento o característica que pueda inducir a error. La comercialización del líquido que contenga nicotina sólo debe permitirse cuando la concentración de nicotina no exceda de 20 mg/ml por cigarrillo. Prohíbe el tabaco mentolado a partir del 20 de mayo del 2020.

“Desde la Fundación Española del Corazón valoramos como muy positiva las medidas que recoge esta directiva, así como la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que acaba de ratificarla tras desestimar el recurso presentado por Polonia y por algunas tabacaleras que reclamaban anular la prohibición del tabaco mentolado en el año 2020”, explica el Dr. José Luis Palma, vicepresidente de la FEC.  “Aun así”, prosigue el doctor, “creemos que, los cigarrillos electrónicos deberían tener una regulación todavía más prohibitiva”.

Los cigarrillos electrónicos se han convertido en un fenómeno social en auge entre la población, especialmente entre los más jóvenes. Se han posicionado como alternativa para dejar de fumar (aunque no se ha conseguido demostrar científicamente que así sea) y se ha instaurado el “vapeo” como nueva moda, lo que ha atraído a personas que no antes no fumaban tabaco a consumir estos productos.

Las sociedades científicas, como la Sociedad Española de Cardiología, avisaron hace un tiempo de los posibles efectos nocivos que se podían derivar del consumo del cigarrillo electrónico, tanto por su contenido en nicotina como por otras sustancias potencialmente tóxicas como el dietilenglicol o el propilenglicol.

“Por todo ello, desde la Fundación Española del Corazón queremos seguir insistiendo en que se tomen medidas todavía más restrictivas en la regulación del cigarrillo electrónico”, reclama el vicepresidente de la FEC. En este sentido, la European Heart Network, alianza formada por las fundaciones cardiológicas de 25 países europeos y de la que la FEC forma parte, ha elaborado un informe en el que propone las siguientes medidas:

-Restricción del uso de los cigarrillos electrónicos en lugares públicos: el uso de los cigarrillos electrónicos expone a los no fumadores, aunque en menor medida que con el tabaco convencional, a la nicotina y a otras sustancias como el propileno, el glicol, la acroleína o metales, entre otros. Aunque actualmente en nuestro país está prohibido su uso en hospitales, centros de educación, transporte público, edificios de la administración y zonas de recreo infantiles, esta medida no es de obligado cumplimiento en todos los países europeos.

-Limitar el acceso de estos productos a niños y jóvenes: regular especialmente el uso de las máquinas de venta y la compra por Internet. Aunque todavía no se ha podido demostrar el efecto a largo plazo del consumo de cigarrillos electrónicos, existe suficiente evidencia sobre las consecuencias en el desarrollo cerebral, así como en el favorecimiento en el desarrollo de enfermedades como la cardiopatía isquémica (infarto, ictus y angina de pecho).

-Restricciones en la publicidad y el marketing de estos productos: se ha realizado mucha publicidad sobre el poder de los cigarrillos electrónicos como “paso para dejar de fumar”, pero existen muchos estudios que no solo no han demostrado este efecto, sino que en muchos casos existe más posibilidades de éxito entre aquellos fumadores que no utilizan cigarrillos electrónicos como medida de abandono tabáquico. Además, por el efecto que puede producir la publicidad entre los niños y jóvenes, se recomienda una limitación más exhaustiva de este tipo de anuncios.

-Consideración del aumento de los impuestos relativos a estos productos: la European Heart Network y la Fundación Española del Corazón recomiendan aumentar los impuestos de estos productos para ayudar a disuadir así su consumo.

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