lunes, 25 de julio de 2016

Asistencia a los 'sin papeles' sí, pero gratuita no - DiarioMedico.com

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EL TC AVALA EL RDL 16/2012

Asistencia a los 'sin papeles' sí, pero gratuita no

El TC avala el RDL 16/2012 que excluyó de asistencia gratuita a los 'sin papeles', desestimando el primero de una docena de recursos.
L. G. Ibañes / J. A. Plaza/ D. Carrasco   |  25/07/2016 00:00
 
 

Asistencia, sí. Gratuita, no. El Tribunal Constitucional ha fallado su primera sentencia sobre el Real Decreto Ley 16/2012 de reformas sanitarias, que excluyó de asistencia sanitaria gratuita a los inmigrantes en situación irregular. Y lo ha hecho para dar la razón al Gobierno central y desestimar el recurso presentado contra la norma por el Parlamento de Navarra. Esta misma cuestión había sido recurrida también por otras autonomías como Canarias, Cataluña, Andalucía, País Vasco o Asturias.
Fuentes jurídicas del Constitucional han confirmado a DM que la sentencia ha sido especialmente polémica, y cuenta, de hecho, con tres votos particulares en desacuerdo con el fallo adoptado que, en esencia, concluye que la universalidad en el derecho a la asistencia sanitaria no puede confundirse con un derecho a la gratuidad en las prestaciones, por tanto, cabe la reforma sanitaria acometida por el Gobierno del PP en 2012 (que permitía la contratación de un seguro sanitario a las personas que quedaran fuera de cobertura pública, entre ellos los inmigrantes en situación irregular).
Datos de Médicos del Mundo estiman en 800.000 las personas que perdieron la condición de asegurado del sistema sanitario español como consecuencia de la reforma de 2012. Concretamente se estableció a través del RDL 16/2012 que para conseguir la condición de asegurado con derecho a gratuidad en la asistencia habría que ser trabajador por cuenta ajena o propia y estar afiliado a la Seguridad Social; ostentar la condición de pensionista; ser perceptor de cualquier otra prestación periódica de la Seguridad Social, como la prestación por desempleo, y, en caso de haberla agotado y seguir sin trabajo, acreditar la condición de asegurado por cualquier otro título.
Sin límite de rentaAsimismo, el decreto establece que tendrán condición de asegurados las personas que no tengan ingresos superiores a 100.000 euros anuales ni cobertura obligatoria de la prestación sanitaria por otra vía, siempre que tengan nacionalidad española y residan en España; pertenezcan a algún Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza y estén inscritos en el Registro Central de Extranjeros, o que sean de un país distinto de los anteriores y tengan autorización para residir en territorio español. Sobre este colectivo, la sentencia declara inconstitucional y nulo el inciso siempre que acrediten que no superan el límite de ingresos determinado reglamentariamente del artículo 3.3 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del SNS, en la redacción dada por el artículo 1 del Real Decreto-Ley 16/2012.
En cuanto a los inmigrantes en situación irregular, el decreto establecía que sólo tendrían derecho a asistencia gratuita las embarazadas y los menores, si bien las denuncias sobre incumplimiento en la asistencia a este colectivo han sido constantes desde 2012 y han llegado incluso al Defensor del Pueblo. 
Respecto a los cambios en régimen de asistencia sanitaria de los sin papeles, el TC explica en su fallo que sus derechos estarán en función de lo que dispongan los tratados y las leyes.
En este sentido, la protección a la salud es un derecho de configuración legal, que corresponde al legislador en lo que atañe a las condiciones de acceso a las prestaciones sanitarias. Por tanto, añade el tribunal, es un derecho susceptible de ser modulado en su aplicación a los extranjeros.
Ello quiere decir que el derecho de los extranjeros a beneficiarse de la asistencia sanitaria podrá ser limitado por la ley. De esta manera, el legislador puede tomar en consideración el dato de su situación legal y administrativa en España y exigir a los extranjeros la autorización de su estancia o residencia como presupuesto para el ejercicio de algunos derechos constitucionales, que por su propia naturaleza hacen imprescindible para entrar y permanecer en territorio español.
Sí era urgentePor otra parte, el Tribunal Constitucional avala también que el Gobierno apelara a la fórmula de real decreto ley por situación extraordinaria de urgente necesidad dada la situación de crisis económica del momento. Además, explica que la sostenibilidad del sistema público impone a los poderes públicos la necesidad de adoptar medidas de racionalización del gasto sanitario.

Hasta 157 euros mensuales de seguro de asistencia

La decisión en su momento  del ministerio de Ana Mato de excluir a los inmigrantes en situación irregular surgió como consecuencia de un informe del Tribunal de Cuentas que alertaba de que España estaba siendo objeto de impagos e irregularidades en el cobro de la asistencia sanitaria prestada a extranjeros por valor de más de 1.500 millones de euros. 
Fruto de este informe y de las exigencias de Bruselas de contener el gasto público, se gestó el cambio legal que, de soslayo, dejó fuera de cobertura gratuita a los inmigrantes en situación irregular. Las críticas no tardaron en llegar.
Críticas de los médicos 
Las sociedades científicas, la Organización Médica Colegial y todos los partidos políticos de la oposición (excepto Ciudadanos, que mantuvo inicialmente una posición tibia al respecto) cargaron duramente contra el departamento de Mato por la exclusión de inmigrantes que, entendieron, no ahorraba y generaba problemas de salud pública, además de ser cuestionable legalmente y en términos de equidad. 
Las autonomías, incluidas algunas del PP, se rebelaron contra el decreto (algunas como Andalucía, Cataluña, País Vasco o Navarra llevaron la cuestión al Constitucional, y otras incluso como la propia Navarra o País Vasco elaboraron normas propias para seguir atendiendo a sin papeles).
El TC decidió al resolver las cautelares sobre estos recursos permitir a las autonomías seguir atendiendo a los inmigrantes en situación irregular hasta que decidiera formalmente sobre la cuestión (lo que acaba de hacer ahora). El conflicto se aceleró, sin embargo, tras la muerte de un inmigrantes en Baleares al que se le negó asistencia. Y la cuestión llegó a manos del Consejo de Europa, que advirtió formalmente a España que tenía obligación de atender a los inmigrantes irregulares. 
El Gobierno central trató de salvar la cuestión lanzando una suerte de seguro privado de asistencia, de entre 60 y 157 euros al mes (la mayor cantidad si se era mayor de 65 años), pero las autonomías y el sector recibieron la propuesta con mayor enfado que voluntad de acometerla. 
El periodo electoral brindó la oportunidad de retratarse y todos los partidos (salvo PP y Ciudadanos) se comprometieron a devolver la sanidad gratuita a los inmigrantes si accedían al Gobierno tras los comicios. Forzado por esta situación, el PP intentó finalmente una solución intermedia: facilitar asistencia y continuidad de tratamientos gratuita en primaria y especializada pero sin derecho a tarjeta sanitaria convencional.

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