jueves, 14 de julio de 2016

Indemnizan la extirpación del bazo durante una colecistectomía laparoscópica - DiarioMedico.com

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FALLO FIRME DE ORENSE

Indemnizan la extirpación del bazo durante una colecistectomía laparoscópica

Un juzgado ha condenado al Sergas por lesionar el bazo durante una operación de vesícula biliar. El fallo entiende que hubo mala praxis en su ejecución porque se trata de un daño que "no sólo no es habitual sino prácticamente improbable".
Diego Carrasco. Madrid   |  13/07/2016 16:52


Eugenio Moure
Eugenio Moure, experto en Derecho Sanitario y abogado de la paciente. (DM)
El Juzgado Contencioso número 2 de Orense ha imputado al Servicio Gallego de Salud (Sergas) la responsabilidad patrimonial derivada de la una colecistectomía por laparoscopia, pues el médico lesionó el bazo de la paciente durante su ejecución. El magistrado llega a la conclusión que sólo cabe mala praxis porque se trata de un daño que "no es habitual y prácticamente improbable". Es más, ni siquiera el consentimiento informado (CI) firmado por la enferma incluía como "órgano vecino al bazo ni aparece entre los riesgos específicos de la intervención", resalta la sentencia
La cuestión es determinar si hubo o no una actuación negligente que provocara la lesión del bazo en el devenir de la intervención quirúrgica. Antes de entrar a resolver el fondo del asunto, el magistrado hace una interesante reflexión: "A nadie se le escapa la dificultad de demostrar talnegligencia en buena parte de las intervenciones quirúrgicas de esta naturaleza porque los únicos testigos directos son los cirujanos que las practican. Lógicamente son parte interesada en el sentido de que si se acreditara una actuación imprudente, la Administración podría repetir contra ellos la indemnización que tuviese que pagar".
En este sentido, la prueba para condenar debe extraerse de datos objetivos como son las lesiones y secuelas sufridas. Todos los peritos que testificaron en el juicio coincidieron en que la lesión del bazo se produjo durante la colecistectomía por laparoscopia, lo que provocó horas más tarde que se le tuviese que extirpar. Uno de los peritos, explica el fallo, manifestó que al año suele hacer entre 50 y 100 cirugías de vesícula biliar y en ninguna ha lesionado el bazo. Lo que significa que "no sólo no es habitual sino prácticamente improbable".
Además, la lesión no era previsible porque el CI no la incluye como posible riesgo en un "órgano vecino". En materia de información el magistrado también advierte de que la reclamante no fue informada de que iba a ser un residente de tercer año, supervisado por su tutor, quien iba a realizar dicha intervención a los efectos de que prestara su consentimiento. En este sentido, el tutor manifestó que "no fue una operación difícil, pero sí compleja y laboriosa".
En la vista oral también se comentó que la causa de la lesión pudo haber sido una adherencia del bazo al epiplón. De ahí que el fallo apunte que "no es descartable que un R3 con menos experiencia que la que podía tener su tutor realizase esa maniobra con más violencia o menos delicadeza y provocase la lesión". El magistrado acepta parte de los argumentos de Eugenio Moure, experto en Derecho Sanitario y abogado de la reclamante, al señalar que se trata de un daño "irreversible" a un órgano que "en ningún caso debió verse afectado por la intervención quirúrgica.
La sentencia, que es firme, condena al Sergas a abonar una indemnización de 15.571,22 euros, más los intereses legales desde febrero de 2014.

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