miércoles, 7 de septiembre de 2016

Condenadas dos clínicas por tardar 21 meses en diagnosticar un cáncer de mama - DiarioMedico.com

Condenadas dos clínicas por tardar 21 meses en diagnosticar un cáncer de mama - DiarioMedico.com

JUZGADO CIVIL DE BARCELONA

Condenadas dos clínicas por tardar 21 meses en diagnosticar un cáncer de mama

Un juzgado ha condenado a dos mutuas de asistencia sanitaria privada por la demora de un año y nueve meses en diagnosticar un carcinoma mamario. La sentencia recrimina al cuadro médico que no utilizara una punción o biopsia para detectar el tumor.
Diego Carrasco. Madrid   |  07/09/2016 17:03
 
 

El Juzgado de Primera Instancia número 48 de Barcelona ha imputado a dos mutuas la responsabilidad civil derivada de un retraso diagnóstico de 21 meses en la detección de un cáncer de mama, que finalmente acabó con una mastectomía del pecho derecho de una paciente. El fallo apunta que no se utilizaron los medios diagnósticos adecuados para detectar la patología maligna de la que estaba aquejada. Y es que, según los protocolos, ante una lesión palpable procede la realización de una punción o biopsia.
La demanda explica que, en marzo de 2009, la reclamante acudió al ginecólogo de una de las mutuas porque se notó un bulto en la mama derecha. Tras examinarla anotó en la historia clínica que se trataba de un "quiste de retención láctea". Dos meses más tarde una ecografía diagnosticó un fibroadenoma en involución. Se prescribió repetir las pruebas a los seis meses. Pasado ese tiempo de detectó un ligero incremento del quiste mamario, aunque no se observaban adenopatías.
Fue en diciembre de 2010 cuando una ecografía bilateral dio un resultado de masa "sospechosa de carcinoma". Días después, se constató la existencia de células atípicas compatibles con cáncer. El 28 de diciembre se le realizó una mastectomía radical. Un informe de anatomía patológica concluyó que se trataba de un carcinoma mucinoso multifocal grado IIde 5 centímetros de diámetro máximo y carcinoma metastásico en 9 de 27 ganglios linfáticos.
El juzgado catalán censura que el cuadro médico de ambas mutuas no utilizaron los recursos diagnósticos adecuados para detectar el tumor mucinoso de la mama derecha de la enferma. En este sentido, la magistrada comparte los argumentos de Luisa Blanco, abogada que colabora con El Defensor del Paciente en Barcelona, al señalar que el protocolo de la Sociedad Española de Senología y Patología Mamaria afirma que "el correcto diagnóstico de una lesión palpable de mama se realiza mediante un estudio citológico con punción o biopsia". En este caso la praxis médica no fue correcta porque la punción no se hizo hasta diciembre de 2010, fecha en la que se confirmó la existencia de un cáncer de mama.
El fallo resalta la omisión de pruebas en la actuación sanitaria, pues ante el hecho evidente de que el fibroadenoma iba creciendo no sólo no se puncionó sino que se mantuvo el criterio de no hacerlo durante 21 meses. La sentencia, que puede ser recurrida, condena a las clínicas a pagar a la paciente una indemnización de 35.000 euros más los intereses legales.

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