lunes, 24 de octubre de 2016

Deber ético: cuidarlo mientras esté vivo - DiarioMedico.com

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ALTERACIONES GRAVES DE LA CONSCIENCIA

Deber ético: cuidarlo mientras esté vivo

Expertos señalan que la alimentación e hidratación son cuidados básicos que no se pueden negar a ningún paciente.
Diego Carrasco   |  24/10/2016 00:00
 
 

El estado vegetativo permanente es una situación que genera importantes problemas éticos en el ámbito mundial. El dilema fundamental es si al paciente que está en esta situación se le mantiene en tratamiento todo el tiempo de su supervivencia espontánea o se le suspende en algún momento de su curso para permitir que fallezca.
En otras palabras, ¿pueden retirarse todas las medidas terapéuticas, incluidas la hidratación y la alimentación, para permitir una muerte en paz? Estas cuestiones todavía no han recibido una solución unánime en los campos doctrinal, bioético y jurídico.
Los expertos consultados por DM coinciden en que si se entiende por cuidados básicos la alimentación e hidratación es un deber ético su aplicación, de tal manera que sólo se deberían limitar los tratamientos inútiles.
Jacinto Bátiz, jefe de Área de Cuidados Paliativos del Hospital San Juan de Dios de Santurce (Vizcaya), considera que para adoptar la decisión más óptima es preciso "analizar con prudencia cada caso particular, empleando como herramienta imprescindible la deliberación entre las personas implicadas y teniendo siempre en cuenta la precisión del diagnóstico y de su irreversibilidad".
Bátiz, que tiene una experiencia de 23 años cuidando a enfermos terminales, apunta que "cuando cuidamos a enfermos con daño cerebral irreversible no se pueden dar respuestas únicas y firmes sobre los distintos planteamientos éticos que nos hacemos". Es cierto que ante un paciente que ha llegado a una situación clínica de coma vigil se ha intentado antes curarle. Sin embargo, a partir de ahora, había que cuidarle. Por tanto, "existen enfermos que, hoy por hoy, son incurables, pero no existen enfermos incuidables".
Instrucciones previas
Javier Sánchez Caro, experto en Derecho Sanitario y profesor honorario de la Escuela Nacional de Sanidad, introduce otro importante dilema ético relacionado con la dificultad del diagnóstico (por ejemplo, su diferencia con el llamado síndrome de cautiverio) y la determinación del criterio de irreversibilidad.
En este sentido, Bátiz se pregunta si estamos seguros del diagnóstico ante este tipo de pacientes, ya que en enfermos que han sobrevivido a un daño cerebral grave es un proceso difícil. Y es que "su pronóstico, a veces, puede significar la diferencia entre la vida y la muerte. Estudios sobre este asunto reflejan que el 40 por ciento de los diagnósticos de estado vegetativo son incorrectos". De ahí que se plantee otro interrogante: ¿Se puede afirmar la irreversibilidad?
El jurista Sánchez Caro considera que un elemento que facilitaría las decisiones éticas ante pacientes con un estado vegetativo permanente es la existencia de unas instrucciones previas o voluntades anticipadas. Pero, ¿deben cumplirse inexorablemente, a pesar de que entre su otorgamiento y su aplicación hayan transcurrido muchos años? En España, las leyes autonómicas dictadas al respecto entienden que hay obligatoriedad en su cumplimiento.
Relacionado con esta cuestión está saber cuáles son los límites de la intervención del representante legal, dado el carácter personalísimo del derecho a la vida del paciente. En este punto, algunos entienden que no es actuar en su beneficio propiciar su muerte y de lo que se trata es de reconstruir la voluntad presunta del enfermo, pero no sustituirla por la del representante.
Sánchez Caro cree que éste último criterio es el que se contiene en la Ley de Autonomía del Paciente cuando habla de "representante interlocutor". Sin embargo, algunas leyes autonómicas dan poderes plenos al representante.
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