martes, 22 de noviembre de 2016

CC.OO-Extremadura valora la sentencia que obliga a computar las reducciones de jornada como trabajo efectivo - Nacional - Elmedicointeractivo.com

CC.OO-Extremadura valora la sentencia que obliga a computar las reducciones de jornada como trabajo efectivo - Nacional - Elmedicointeractivo.com

CC.OO-Extremadura valora la sentencia que obliga a computar las reducciones de jornada como trabajo efectivo

El Servicio Extremeño de Salud ha decidido aceptar los argumentos de CC.OO y extenderá este reconocimiento de trabajo efectivo a toda la plantilla



E.P. | 21 - Noviembre - 2016 13:30 h.

El sindicato CC.OO de Extremadura ha valorado que la justicia le haya "dado la razón" en una demanda que presentó frente al Servicio Extremeño de Salud (SES) para que la Administración reconozca completamente como tiempo de trabajo efectivo el tiempo que se está en excedencia o en reducción de jornada por cuidado de hijos.

En nota de prensa, el sindicato ha señalado que CC.OO ha ganado esta demanda, que presentó en defensa de una afiliada de Mérida, "tanto en primera instancia como en el posterior recurso que el SES presentó ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura".

Después de esta última sentencia, señala que "el propio SES ha decidido aceptar los argumentos de CC.OO y extenderá este reconocimiento de trabajo efectivo no solo a la demandante sino a toda la plantilla", explica.

La Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CC.OO recuerda que "ha venido reclamando recurrentemente" a la Administración sanitaria de Extremadura que "adopte medidas" para que las personas que decidieran solicitar permisos parentales "no se viesen discriminadas en su trabajo, independientemente de la relación contractual que tenga".

Así, ha señalado que el tiempo de excedencia y reducción de jornada por cuidado de hijo es disfrutado en su inmensa mayoría por las mujeres, "de manera que son a estas a las que más se les perjudica si no se les reconoce como tiempo efectivo de trabajo", con lo que a juicio de CC.OO, se "vulnera" el derecho fundamental a la igualdad y discriminación por razón de sexo.

Esta discriminación "también se ha visto reflejada por la condición de fijeza en el empleo público", ya que según ha señalado, "esos periodos de tiempo sí se contemplaban una vez adquirida la condición de personal estatutario propietario".

De esta forma queda "demostrado", a juicio de CC.OO, que "no debe haber discriminación entre contratados y propietarios", ya que "hasta la promulgación de esta sentencia se ha venido negando el mismo tratamiento a todos los trabajadores del SES al reconocer derechos en función de la situación contractual de estos".

A través de la negociación, CC.OO hizo llegar al SES que "debería hacer extensible" el reconocimiento de estos permisos y otros, mediante la implantación de un Plan de Igualdad en el ámbito de ese organismo, obligatorio para todas las administraciones públicas según el Estatuto Básico del Empleado público en vigor desde 2007.

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