lunes, 12 de diciembre de 2016

El etiquetado nutricional ya es obligatorio - DiarioMedico.com

POR APLICACIÓN DEL REGLAMENTO EUROPEO

El etiquetado nutricional ya es obligatorio

A partir de este martes la información nutricional en el etiquetado será obligatoria y deberá ser visible, claramente legible e indeleble e incluir la información por cada 100 gramos o cada 100 mililitros, debido a la aplicación del Reglamento  europeo 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo del 25 de octubre de 2011.
Redacción | dmredaccion@diariomedico.com   |  12/12/2016 13:10
 
 
A partir del 13 de diciembre será obligatorio que el etiquetado de los alimentos incluya la información nutricional, es decir, el valor energético y las cantidades de grasas, grasas saturadas, hidratos de carbono, azúcares, proteínas y sal. Además, el etiquetado deberá incluir la información por cada 100 gramos o cada 100 mililitros.
Su obligatoriedad se debe a la aplicación del Reglamento (UE) Nº 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo del 25 de octubre de 2011 sobre información alimentaria facilitada al consumidor, que se aplica desde el 13 de diciembre de 2014, excepto las indicaciones relativas a la información nutricional, aplicables a partir de mañana.
La información obligatoria podrá completarse, voluntariamente, con los valores de otros nutrientes: ácidos grasos monoinsaturados y poliinsaturados, polialcoholes, almidón, fibra alimentaria, vitaminas o minerales.
La información nutricional obligatoria deberá presentarse en el mismo campo visual, de manera que sea fácilmente visible, claramente legible e indeleble. El tamaño de letra deberá ser igual o superior a 1,2 mm y ha de presentarse en formato de tabla, excepto que el espacio no lo permita, en cuyo caso se puede presentar de forma lineal. Además de los valores por 100 g o 100 ml, puede expresarse por porción o por unidad de consumo de forma fácilmente reconocible para el consumidor, a condición de que la porción o la unidad de consumo que se utilice se exprese cuantitativamente en la etiqueta y se indique el número de porciones o de unidades que contiene el envase.
Están exentos de incluir la información nutricional: los productos sin transformar o curados que incluyen un solo ingrediente: el agua, la sal, las especias, el té, los vinagres, los aditivos alimentarios, las bebidas con grado alcohólico superior a 1,2 por ciento, los alimentos en envases cuya superficie mayor sea inferior a 25 cm² (como mermeladas o mantequillas de hostelería), entre otros. Los alimentos no envasados también están exentos, pero puede darse de forma voluntaria limitándose al valor energético, o bien al valor energético y cantidad de grasas, grasas saturadas, azúcares y sal, y expresarse sólo por porciones o por unidades de consumo.
La Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aecosan) pone a disposición del consumidor el sitio web http://eletiquetadocuentamucho.aecosan.com/, para obtener más información sobre la legislación y las preguntas más frecuentes y las novedades del etiquetado.

También le puede interesar

No hay comentarios: