miércoles, 11 de enero de 2017

En el Sacyl la jubilación se impone a los 65 años - DiarioMedico.com

JURIPRUDENCIA DEL SUPREMO

En el Sacyl la jubilación se impone a los 65 años

El Supremo tumba los argumentos del TSJ de Castilla y León a favor de mantener en activo a los facultativos más allá de los 65 años. Solo en León, el sindicato CESM tenía setenta sentencias ganadas por médicos, que ahora pierden en casación.
Soledad Valle.Madrid   |  10/01/2017 14:16

José Luis Celemín
José Luis Celemín, abogado de CESM-León. (DM)
"Entre marzo de 2013 y marzo de 2016 en el Sacyl se han jubilaron unas 400 personas, el 80 por ciento de estas pidió la prórroga en el servicio". José Luis Celemín, abogado de CESM-León, valora así el número de afectados por el portazo de la Sala Contenciosa del Tribunal Supremo a la prórroga en la actividad del médico con 65 años cumplidos.
  • Se han necesitado tres años para alcanzar una doctrina definitiva
La interpretación que el Alto Tribunal hace del Plan de Ordenación de Recursos Humanos de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León (Sacyl), que recoge la Orden SAN/1119/2012, de 27 de diciembre, le ha llevado a tumbar las sentencias de la Sala Contenciosa del tribunal autonómico, que daban la razón al médico en su derecho a mantenerse activo hasta los 70 años. "Solo en la provincia de León, tenía sobre setenta sentencias ganadas por médicos a la negativa del Sacyl de que permanecieran en activo. La Sala de Valladolid del TSJ les daba la razón, pero ahora me están tumbando todas", apunta Celemín.
El último fallo con el que el Supremo ha apuntalado su jurisprudencia tiene fecha de 22 de diciembre de 2016 e insiste en lo que dijo, por primera vez, en una resolución de marzo del mismo año. Reconoce al Gerente Regional su competencia para comunicar al médico el cese de la actividad y, además, permite que esta decisión no venga suficientemente motivada, pues admite que el plan de ordenación contiene los razonamientos suficientes sin necesidad de concretar cada caso. De este modo, rechaza los dos argumentos principales con los que la Sala de Valladolid admitía la prórroga en el servicio activo.
La facultativos que primero sufrieron los efectos de la aprobación del Plan de Ordenación de RRHH, fueron los que tenían 65 años cumplidos y la prórroga en su actividad concedida cuando entró en vigor la orden. El Sacyl les obligó a jubilarse y ellos recurrieron a los tribunales. El TSJ les dio la razón y, ahora, el Supremo se la quita.
Durante los tres años que se han necesitado para alcanzar una doctrina definitiva, "ha habido médicos que pidieron la ejecución provisional de la sentencia del TSJ, que les daba la razón, a la espera de la resolución del Supremo, de modo que se incorporaron al servicio activo y se han jubilado con 70 años, antes de que el Alto Tribunal se pronunciara", señala el abogado.
En definitiva, con esta resolución del Supremo la jubilación forzosa a los 65 años en el Sacyl se impone, sin dejar a penas resquicios legales para mantenerse en activo hasta los 70 años. "Aunque hay casos excepcionales como el liberado sindical", recuerda Celemín.

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