miércoles, 22 de febrero de 2017

La juez no ve estafa en el 'caso Funnydent' - DiarioMedico.com

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SÍ HUBO MALA GESTIÓN EMPRESARIAL

La juez no ve estafa en el 'caso Funnydent'

La magistrada ha dictado una resolución por la que archiva la causa penal abierta contra el administrador único de las clínicas Funnydent. Considera que no hay estafa sino un episodio de mala gestión empresarial. Deja abierta la vía civil.
D. Carrasco. Madrid   |  22/02/2017 11:15



El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Navalcarnero (Madrid) ha publicado este miércoles un auto por el que decreta el sobreseimiento provisional y el archivo de la causa abierta por un presunto delito de estafa contra el administrador único de las clínicas dentales Funnydent, Cristóbal López Vivar. La magistrada aclara que de las pruebas practicadas no se desprende el engaño previo ni el ánimo de lucro.
La resolución explica que, tras las diligencias practicadas por la Brigada Provincial de Policía Nacional así como de toda la documentación extraída, nos encontramos ante una circunstancia de mala gestión en el año previo al cierre de las clínicas por parte de su administrador y no ante un propósito inicial del investigado de incumplir las obligaciones asumidas frente a los pacientes.
En este sentido, el auto establece que "del informe emitido por la administración concursal, junto con las actuaciones del Ministerio Fiscal, se desprende que no ha existido irregularidad que pueda ser penalmente reprochable, al margen de la responsabilidad civil y concursal del investigado".



Para que haya estafa, recuerda el auto, se precisa de un ánimo de lucro en beneficio propio o de un tercero. De ahí que "de la documental y cuentas bancarias intervenidas no se ha evidenciado ningún incremento económico en el patrimonio del investigado que pudiera llevar a pensar que el cierre fue consecuencia de dicho ánimo de lucro. Todo lo contrario, la mala gestión derivó, no sólo en un perjuicio para los clientes, sino en uno propio para su único administrador, el cual tenía todos sus bienes registrados a nombre de dichas mercantiles", subraya el fallo.



En suma, concluye la resolución, "las actuaciones practicadas sólo ponen de manifiesto un posible incumplimiento contractual de naturaleza civil carente de trascendencia penal, por lo que procede el mencionado archivo de la causa, sin perjuicio de la acciones que los denunciantes puedan ejercer ante la jurisdicción civil".
En los próximos días el Colegio Oficial de Odontólogos y Estomatólogos de la I Región recurrirá el archivo de las clínicas Funnydent. El Colegio no entiende que el juzgado no haya atendido prácticamente ninguna de las peticiones de diligencias realizadas por parte de los afectados y ahora se archive el caso al considerar que es una cuestión económica o de gestión. En su opinión, es imposible determinar la responsabilidad sin practicar las diligencias necesarias que se han solicitado.

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