sábado, 11 de marzo de 2017

El ICS condenado por retrasar seis meses el diagnóstico de rotura total de pectoral - DiarioMedico.com

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SENTENCIA FIRME

El ICS condenado por retrasar seis meses el diagnóstico de rotura total de pectoral

El Instituto Catalán de la Salud ha sido condenado por la demora de seis meses en diagnosticar una rotura total de pectoral. El fallo, que es firme, señala que los daños han provocado al paciente una incapacidad parcial.
D. Carrasco. Madrid   |  08/03/2017 13:30
 
 

El Juzgado de Primera Instancia número 36 de Barcelona ha condenado a la aseguradora del Instituto Catalán de la Salud (ICS) a indemnizar a un paciente con 33.966 euros, más los intereses legales, como consecuencia de los daños y perjuicios causados por el retraso de seis meses para diagnosticar una rotura total de pectoral.
El reclamante, cuando contaba con 41 años de edad, sufrió un accidente en el gimnasio al soltarse el freno de la máquina de pectorales. El 11 de diciembre de 2012, acudió a un hospital público del ICS, donde sin hacerle prueba radiológica alguna le diagnosticaron erróneamente una rotura de la porción larga del bíceps y se le remitió a un médico de Familia. Tres días más tarde le apuntó que la lesión podía ser una rotura fibrilar del músculo del pectoral mayor.
El 20 de diciembre se le realizó una ecografía que confirmó lo que el paciente sufría; esto es, un "desgarro severo del pectoral mayor". A pesar de la gravedad del diagnóstico que requería, una pronta reparación quirúrgica, al paciente no se le remitió al traumatólogo.
Fue en marzo de 2013 cuando acudió a un Servicio de Traumatología, que tras practicarle una resonancia magnética confirmó la lesión. Se programó una intervención quirúrgica para el mes de junio; es decir, casi 6 meses después de producirse la lesión. Este retraso indebido provocó que los extremos del tendón roto estuvieran tan retraídos y fibrosados que se necesitó hacer la reinserción mediante fascia lata de banco de tejidos.
La sentencia, que asume parte de los argumentos de Luisa Blanco Delgado, abogada que colabora con El Defensor del Paciente, considera probado que el daño reclamado se debe fundamentalmente al retraso indebido del único tratamiento posible que era el quirúrgico. El fallo, que es firme, razona que precisamente ese retraso condicionó la utilización de un músculo de donante, lo que provocó unos daños y perjuicios que han provocado, además, una incapacidad parcial para el paciente.

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