lunes, 17 de julio de 2017

El TS insiste: 'no' a la prórroga en el Sacyl - DiarioMedico.com

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JUBILACIÓN A LOS 65 AÑOS

El TS insiste: 'no' a la prórroga en el Sacyl

El Supremo sigue aplicando la jurisprudencia que hace prevalecer el criterio mantenido por la Sala de Burgos del TSJ de CyL, frente a las sentencias de la Sala de Valladolid, del mismo tribunal autonómico.
S. Valle. Madrid   |  17/07/2017 13:37
 
 

La Sala Contenciosa del Tribunal Supremo lo ha repetido en cinco sentencias dictadas el pasado 5 de julio negando la prórroga en la actividad a facultativos del Servicio de Salud de Castilla y León (Sacyl), a los que la Sala de Valladolid del Tribunal Superior de Justicia de esta comunidad les había permitido mantenerse en activo después de los 65 años. 

La jurisprudencia aplicada fue dictada por el Supremo hace un añoen marzo de 2016. En esa sentencia, el alto tribunal desmontó el argumento principal con el que la Sala de Burgos del tribunal autonómico había concedido la prorrogar en la actividad a varios facultativos.
Los fallos estimatorios de la prórroga se sostenían en que el Director Gerente que había negado esa posibilidad a los médicos interesados no tenía competencias para hacerlo. El resultado de ese razonamiento judicial era la admisión de la prórroga y, en muchos casos, la continuación de una prolongación de la actividad que ya había sido concedida.
Pero este tema, que como señala Alfonso Codón, abogado del Colegio de Médicos de Burgos, afectó a varios centenares de médicos en toda Castilla y León creó dos líneas judiciales enfrentadas. Por un lado estaban los casos que caían en el TSJ de Castilla y León con Sala en Burgos, donde las resoluciones que se dictaban eran proadministración, es decir, imponían la jubilación a los 65 años rechazando la petición de seguir en el ejercicio más allá de esa edad. Por otro lado estaban las resoluciones que dictadas por el mismo TSJ, pero en la Sala de Valladolid, que admitían los recursos.
Ahora, el Supremo está casando los fallos de la Sala de Valladolid, defendiendo la prevalencia del criterio de la Sala de Burgos.

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