miércoles, 12 de julio de 2017

La Audiencia sentencia que no hay deber de informar sobre riesgos no probados

vacuna papiloma humano

VACUNA DEL PAPILOMA HUMANO

La Audiencia sentencia que no hay deber de informar sobre riesgos no probados

La Audiencia Nacional ha desestimado que exista responsabilidad en el síndrome hipereosinofílico diagnosticado a una menor que fue vacunada con las tres dosis del fármaco contra el virus del papiloma humano.
Soledad Valle. Madrid   |  11/07/2017 08:57
 
 

La Sala Contenciosa de la Audiencia Nacional ha rechazado el recurso presentado por la familia de una niña, inmunizada con las tres dosis de la vacuna del virus del papiloma humano, contra la Administración del Estado y el laboratorio.
Tras la primera dosis del fármaco, que está dentro del calendario vacunal, la menor presentó afecciones cutáneas. Los padres la llevaron al servicio de Urgencias del hospital y se le pautó una pomada. Un mes después la menor recibió la segunda dosis de la vacuna y seis meses después la tercera. En este proceso sus problemas cutáneos se fueron agravado, requiriendo ingreso hospitalario.
Dos años después de la última dosis, se le diagnosticó un síndrome hipereosinofílico idiopático, con alergia al cobre, al magnesio y al niquel y la sujección a una medicación de por vida.
Los padres reclamaron tanto a la Administración como a la farmacéutica, fabricante de la vacuna. La Audiencia Nacional ha rechazado cada uno de sus argumentos, en una sentencia de 14 páginas muy extensa en razonamientos.
La Audiencia rechaza la responsabilidad del Estado avalando todos los procesos de comercialización y autorización del fármaco. Además, señala que es la Comisión Europea la que autorizó la comercialización del fármaco.
Pero la base del recurso se centró en la falta de información sobre los riesgos del fármaco. La Audiencia responde a este argumento aclarando que "el síndrome que sufrió la recurrente no está previsto entre los riesgos adversos de la vacuna y tampoco ha quedado demostrado que entre las reacciones adversas notificadas dicha patología sea frecuente, por lo que la obligación de informar no comprendía dicho riesgo, que no podía ser conocido por los profesionales sanitarios que administraron la vacuna a la actora". El fallo admite recurso.

Noticias relacionadas

No hay comentarios: