sábado, 1 de julio de 2017

Los profesionales de la Enfermería podrán recetar en Cataluña

Los profesionales de la Enfermería podrán recetar en Cataluña



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Los profesionales de la Enfermería podrán recetar en Cataluña

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La Conselleria de Salud catalana presenta un decreto de prescripción enfermera para que, en cinco o seis meses, estos profesionales sanitarios puedan “aconsejar, indicar o recomendar” medicamentos. Siempre, previo diagnóstico de un médico y habiendo recibido formación para ello.
Los profesionales de la Enfermería podrán prescribir en Cataluña. Antoni Comínconseller de Salud de la Generalitat de Cataluña, presentó este viernes un proyecto de Decreto por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios en esta comunidad autónoma por parte de los profesionales de la Enfermería.
En el caso de medicamentos con receta, el proyecto, que tardará en ponerse en marcha unos cinco o seis meses, establece que las enfermeras podrán recetar siempre que haya un diagnóstico médico previo y en sus ámbitos de actuación. Además, deben disponer de la formación específica adecuada y seguir un protocolo. Es decir, requiere protocoloformaciónacreditación y colaboración entre médicos y enfermeras. Comín no precisó cómo será el tipo de formación necesaria, pero sí que deberán costearla los propios profesionales. Una comisión de Práctica Asistencial, integrada por representantes de los Consejos de Colegios de Enfermeras y de Médicos y, eventualmente, por representantes de las sociedades científicas, determinará en qué ámbitos podrán prescribir. No será necesario acreditar formación adicional al Grado universitario para que puedan usar medicamentos que no requieren receta o productos sanitarios de uso habitual en su ejercicio profesional.
Este decreto catalán "reinterpretará" el Real Decreto 954/2015 de Prescripción Enfermera, aprobado el Gobierno aprobó el 23 de octubre de 2015 y contra el que la Generalitat interpuso un recurso ante el Supremo. Lo que busca la iniciativa, en palabras de Comín, es "blindar de seguridad jurídica lo que ya pasa cada día con normalidad en los centros sanitarios de Cataluña". La norma estatal establece que es necesario que un médico haya determinado previamente qué medicamento administrar a un paciente y el protocolo a seguir por parte del profesional de Enfermería.
El proyecto de decreto catalán divide la prescripción en productos sanitarios, en medicamentos no sujetos a prescripción médica y en medicación sujeta a prescripción médica. Neus Ramsdirectora general de Ordenación Profesional y Regulación Sanitaria, puso ejemplos de cada uno: unos pañales de incontinencia son un producto sanitario, un fármaco antitérmico es un medicamento no sujeto a prescripción y la insulina de un diabético es un medicamento que necesita prescripción médica.

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