miércoles, 6 de septiembre de 2017

Cárcel e inhabilitación por un error 'grosero' en Urgencias - DiarioMedico.com

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AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN

Cárcel e inhabilitación por un error "grosero" en Urgencias

El tribunal considera que las pruebas diagnósticas fueron correctas pero mal interpretadas, ya que la gastroenteritis derivó en una sepsis generalizada con amputación de pies y dedos de manos.
Diego Carrasco. Madrid   |  04/09/2017 00:00
 
 

Urgencias
Autor: DM
El simple error de diagnóstico carece de relevancia penal salvo que sea inexplicable, de extrema gravedad, burdo o "grosero". Este último calificativo es el que ha utilizado la Audiencia Provincial de Jaén para condenar a un médico de Urgencias a un año y ocho meses de prisión, dos años de inhabilitación especial para el ejercicio de la Medicina y al pago de unaindemnización de 780.880,58 euros por un delito de lesiones imprudentes. Su pericia profesional erró, a juicio del tribunal, tanto en el diagnóstico como en el posterior tratamiento, lo que supuso que la gastroenteritis derivara en una sepsis generalizada con "lesiones necróticas de dedos de manos y pies, realizándole a la paciente la amputación de falanges de miembros superiores y tarso metatarsiano de ambos pies". A la enferma se le reconoció más tarde una incapacidad absoluta con gran invalidez.
El caso es el siguiente: la paciente ingresó en Urgencias de un hospital del Servicio Andaluz de Salud con un dolor abdominal de 24 horas de evolución y con una prioridad 4. Fue atendida por un médico que practicó las pruebas oportunas (analítica, exploración física y radiografía). Algunos indicadores como la glucosa, leucocitos o el potasio estaban alterados, pero el facultativo creyó oportuno dar el alta esa misma noche con el diagnóstico de gastroenteritis. La familia se negó porque la paciente seguía quejándose de dolor. Pasó la noche en boxes de Urgencias, pero dejó indicado al médico que entró a las 8 de la mañana que le diera el alta administrativa sin ordenarle la práctica de nuevas pruebas.
Cuando llegó a su domicilio su estado de salud empeoró. Fue trasladada en ambulancia a otro hospital donde, al comprobar los resultados de la analítica, apuntaron que tenía una sepsis grave. Ello provocó una intervención quirúrgica de urgencia con las consecuencias descritas anteriormente.
  • El médico condenado deberá indemnizar a la paciente, su marido y sus dos hijas con 780.880,58 euros en concepto de responsabilidad civil

Grupo de riesgo

Los magistrados, tras el estudio detallado de los informes periciales, concluyen que el médico "incurrió en un error de diagnóstico al no haber interpretado correctamente el resultados de las pruebas practicadas, entre ellas, la analítica cuyos resultados estaban claramente alterados y donde ya aparecían indicios de un cuadro de sepsis".
En este sentido, señalan que el condenado "debería haber motivado su inclusión dentro del protocolo de diagnóstico precoz de sepsis grave", y no lo hizo. El fallo recrimina al facultativo que "no tuviera en cuenta que la paciente estaba en un grupo de riesgo al estar sometida a quimioterapia". Además, "entró en Urgencias derivada de su centro de salud con una prioridad 4, lo que indicaba la gravedad de su estado".

Conducta descuidada

La Audiencia de Jaén recuerda que la imputación de responsabilidades penales en el ámbito de la actividad médica resulta "especialmente compleja", entre otras razones, por la "inexactitud, la relatividad y la imposibilidad de establecer reglas apriorísticas y generales en el marco de este saber humano". Ahora bien, los médicos y demás profesionales deben tener en cuenta que su práctica profesional "exige una cuidadosa atención de la lex artis, en la que, sin embargo, no se pueden sentar reglas preventivas absolutas dada la evolución de la ciencia médica y la variedad de tratamientos", aclara el tribunal.
En este caso, la sentencia señala que "las pruebas ordenadas por el facultativo fueron correctas, pero tanto su valoración como el tratamiento dispensado fue equivocado e ineficaz". Por tanto, "existe un nexo causal entre el error de diagnóstico y terapéutico grosero del acusado y las lesiones padecidas por la paciente".
Con todo, la Sala Penal de la Audiencia Provincial de Jaén confirma el fallo de instancia e insiste en que el médico condenado actuó con una conducta profesional "descuidada" y con una falta de adopción de cautelas que propiciaron que el cuadro clínico se agudizara con las graves consecuencias para el estado de salud de la reclamante.

Cuando presiona la familia...

Consta como hecho probado en la sentencia que el médico de Urgencias, la misma noche que ingresó la paciente, quiso darle el alta por gastroenteritis sin practicarle ninguna prueba complementaria ni suministrarle antibiótico alguno, que sin lugar a dudas podía haber aminorado las lesiones que sufrió más tarde. No obstante, la dejó ingresada en boxes por la presión que ejercieron los familiares ante los dolores abdominales y el mal estado general que tenía, pues seguía vomitando y se quejaba constantemente. Aún así, fue dada de alta a primera hora del día, cuando otro compañero entró en el turno de las 8 de la mañana.

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