lunes, 9 de octubre de 2017

Confirman la prisión por falsificar recetas con el SIP de su tío fallecido - DiarioMedico.com

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TSJ DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

Confirman la prisión por falsificar recetas con el SIP de su tío fallecido

El tribunal autonómico confirma la pena de cuatro años y medio de cárcel a un médico por un delito de falsificación en documento oficial y estafa a la Administración. Los fármacos obtenidos para para la disfunción eréctil.
Enrique Mezquita. Valencia   |  09/10/2017 12:59
 
 

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha confirmado la condena a un médico de cuatro años y medio de prisión que en su día impuso la Audiencia Provincial de Valencia por un delito continuado de falsedad en documento oficial en concurso con un delito de estafa a la Administración.
La sentencia considera probado que el facultativo falsificó recetas para sacar medicamentos del Servicio de Farmacia del centro sanitario a nombre de un familiar, incluso cuando éste ya había fallecido. El Jurado Popular le consideró culpable por sacar 14 cajas de una medicina indicada para la hipertensión pulmonar y la disfunción eréctil con el SIP de su tío, que padecía una enfermedad respiratoria para la que no necesitaba ese tratamiento.
El TSJ de Valencia rechaza el recurso del condenado en el que solicitaba que se anulara el juicio, el acta de votación y las actuaciones posteriores hasta la sentencia y pedía la celebración de un nuevo juicio con un Tribunal del Jurado distinto. En la sentencia, se argumenta que no ha existido "indefensión" ni vulneración de los derechos del acusado, además de rechazar los posibles atenuantes para rebajar esa condena.
La Audiencia, en la sentencia que ahora confirma el tribunal autonómico, le impuso una multa de 6.765 euros y le inhabilitó para ejercer cargo público durante 4 años. Además, contemplaba una indemnización del médico a la Generalitat Valenciana de cerca de 7.000 euros, importe estimado de los medicamentos que obtuvo el facultativo con el SIP de su familiar.

No hay indefensión

El acusado pidió la nulidad del juicio por "indefensión", pero según el alto tribunal ésta se realiza "sin la premisa básica que debiera sustentarla, y, por lo tanto, puramente nominal o retórica". Según recoge la sentencia, se plantea que no se le preguntó al inicio del plenario por una posible conformidad, cuando vistas las actuaciones procesales y su postura procesal tanto en la fase intermedia como del plenario, "siempre se opuso a la calificación acusatoria (las conclusiones provisionales fueron elevadas a definitivas por la defensa), y tampoco sostiene lo contrario al plantear el motivo".
El TSJ añade que no se comprende, por tanto, la invocación de nulidad por dicha causa que exige indefensión de carácter material, cuando el mismo recurrente manifiesta que se le leyeron los escritos de acusación y "nada manifestó la defensa respecto de una posible conformidad sino que antes al contrario mantuvo en la calificación definitiva su oposición a los escritos de acusación solicitando su absolución".
El tribunal rechaza diversas atenuantes presentadas por la defensa del médico, que pretendía rebajar la pena a un año y un mes de prisión. Por ejemplo, no aprecia dilaciones indebidas en el proceso y niega que la reparación del daño (el condenado pago antes del juicio una cantidad para reparación del daño superior a la causada a la Generalitat Valenciana) no se tuviera en cuenta en condena previa. Incluso llega a señalar que "la sentencia recurrida, en la fase de individualización, realiza una aplicación que no puede estimarse perjudicial ni automática sino la más beneficiosa para el acusado, máxime teniendo en cuenta que se trataba de dos delitos continuados".


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