lunes, 13 de noviembre de 2017

Indemnizan el daño moral ante la duda de padecer una tuberculosis - DiarioMedico.com

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RESOLUCIÓN DEL PAÍS VASCO

Indemnizan el daño moral ante la duda de padecer una tuberculosis

El SVS-O ha resuelto indemnizar a dos hermanos por el daño moral sufrido ante la alarma e incertidumbre de padecer una tuberculosis, al parecer contraída en un centro hospitalario.
D. Carrasco. Madrid   |  08/11/2017 13:22
 
 

Javier Arechabaleta
Javier Arechabaleta, abogado que colabora con El Defensor del Paciente en el País Vasco. (DM)
El Servicio Vasco de Salud-Osakidetza (SVS-O) ha dictado una resolución por la que indemniza con 51.972 euros a dos hermanos que resultaron infectados de tuberculosis durante su estancia en un hospital público. La entidad gestora razona que el daño que ha generado responsabilidad "no es el de una inexistente enfermedad sino el riesgo a padecerla; un riesgo no materializado y no esperable, dada la eficacia de la quimioprofilaxis cuyo efecto protector puede durar, al menos, 20 años".
El caso es el siguiente: uno de los reclamantes permaneció ingresado en entre los días 3 y 9 de Julio de 2014, para ser tratado del neumotórax que padecía. Durante esos días estuvo acompañado y asistido por su hermano. El día 5 de julio fue indebidamente ingresado en la misma habitación otro paciente que, según les manifestó al llegar llevaba 20 días con fiebre y presentaba una tos persistente, a pesar de lo cual no le habían aplicado los protocolos de aislamiento y control existentes para pacientes infecciosos. Y muy especialmente, los previstos para los enfermos con sospecha de tuberculosis, según se desprende de la demanda.
El 7 de julio este paciente fue trasladado a otra habitación, tras acreditarse que se hallaba afectado de tuberculosis pulmonar bacilífera, que no había sido diagnosticada por una errónea valoración por parte de los médicos que lo examinaron a su llegada a Urgencias.

Quimioprofilaxis

A consecuencia del contacto con el enfermo, el paciente y su hermano resultaron infectados y han tenido que someterse a un largo tratamiento de quimioprofilaxis que presenta efectos secundarios dada la fuerte combinación farmacológica necesaria y su alta toxicidad hepática.
La resolución comparte los razonamientos de Javier Arechabaleta, abogado que colabora con El Defensor del Paciente, al señalar que el centro sanitario ha infringido la lex artis. Ahora bien, lo que se indemniza es el "daño moral derivado de la alarma e incertidumbre padecidas y el engorro que supone la necesidad de medicarse preventivamente".

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